Las veracruzanas Pauleth, Quetzally, Andrea y Teresa son cuatro de un centenar de mujeres víctimas de violencia vicaria, que al carecer de una ley más la corrupción y dilación ejercida por empleados y empleadas de la Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial del Estado están impedidas para tener y criar a sus menores hijos.

Las cuatro mujeres tienen en común haber padecido dentro del hogar la violencia de género, económica, psicológica, golpes, maltrato, y cuando decidieron finalizar la relación para salvar sus vidas, el agresor comenzó a ejercer la violencia vicaria.

A través de los hijos e hijas de ellas, sus exparejas continúan la violencia al impedirles la convivencia, verlos, criarlos y tenerlos con ellas.

En entrevista con las víctimas, refieren que la ausencia de una ley para sancionar la violencia vicaria, han padecido la corrupción entre empleados y empleadas de la Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial del Estado.

Señalaron que sus hijos e hijas también son víctimas de la ausencia de una ley para sancionar la violencia vicaria en Veracruz.

Andrea Julieta Ortiz González informó que el 22 de julio del 2020, ella se encontraba en un tienda de abarrotes de Puerto Vallarta estado de Jalisco cuando el agresor arrebató a su hija, y la trajo a vivir a Xalapa, por lo que ella viaja y gasta sus recursos cada 15 días para poder ver a la menor de edad.

Un ejemplo de la corrupción y dilación del Poder Judicial de Veracruz es que pasaron nueve meses para que el Juez de los Familia celebrara una audiencia y poder dar curso a la situación legal de la menor de edad, refirió.

“A mi hija la desaparece un mes, cuando vuelvo a saber de ella estaba en Xalapa con un depósito judicial; la audiencia que se debió tener a la primera semana que hacen el depósito de un menor, esa audiencia me la dieron hasta a los nueve meses, porque el Juez dijo que estábamos en pandemia” detalló.

En enero del 2023, la diputada Ruth Callejas Roldán presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto con el objetivo de que el marco jurídico de la entidad reconozca el tipo penal denominado “violencia vicaria” y establezca las medidas preventivas y de atención al respecto, además de las sanciones y medidas que se pueden imponer.

La psicóloga clínica especializada en victimología, Sonia Vaccaro, quien acuñó el término “violencia vicaria” para definir “aquella violencia que se ejerce sobre los hijos para herir a la mujer. Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer. Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros. El maltratador sabe que dañar, asesinar a las hijas o los hijos, es asegurarse de que la mujer no se recuperará jamás. Es el daño extremo”.

Por tanto, señaló Ruth Callejas, “la violencia vicaria es violencia de género. En ella se sustituye a la persona en la acción directa física o psicológica de la violencia para causar un daño mayor y permanente a la mujer. El objetivo es la mujer”.

Esta iniciativa de ley no ha prosperado en el congreso local y continúa guardada en el cajón de las y los 50 diputados.

AVC

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