La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad y a través de una sesión remota despenalizar el aborto en caso de violación.
La SCJN enfatizó que esto será aplicable si se realiza la interrupción del embarazo durante los primeros 90 días de gestación.
La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer que afecta sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental: #PrimeraSala
🔗 https://t.co/TTs5Yaf4AC pic.twitter.com/1aPznvcx2S
— Suprema Corte (@SCJN) July 7, 2021
Esto fue a raíz de que se resolvió un amparo promovido por los representantes legales de una menor de edad, en Chiapas, con parálisis cerebral y que fue víctima de violación.
A la menor se le negó practicarle un aborto en octubre de 2018 en el Hospital General de Tapachula.
La @SCJN declaró inconstitucional penalizar a mujeres víctimas de violación que abortan después de los primeros meses de embarazo. La Primera Sala amparó a una menor con parálisis cerebral que fue violada en Chiapas y a la que un hospital le negó la práctica de un #aborto pic.twitter.com/lJEkFliElu
— Juan Pablo Reyes S. (@jpressmx) July 7, 2021
Finalmente, sí se le practicó el aborto a la menor de edad, sin embargo, la negativa inicial fue razón suficiente para promover el juicio de amparo que llegó hasta el máximo tribunal del país.
Además, la SCJN ordenó diversas medidas para la reparación y compensaciones por daño moral a la víctima, estas medidas las definirá el Consejo Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Noticieros Televisa
Comentarios