La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está a favor de las relaciones sanas y ha aclarado que tu pareja no puede revisar tu celular.

Todo sucedió a partir de que un hombre imprimiera 343 correos electrónicos de su esposa para probar que había cometido adulterio ante un juzgado.

Entonces la SCJN revisó el caso y concluyó que «está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena».

 

 

Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst

— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019

 

 

Así que el caso del hombre y los 343 correos quedó descartado como prueba, porque «Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas».

 

La Suprema Corte de Justicia te respalda y casi que te dice ‘amiga, date cuenta’.

Fuente Excélsior