El Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró fundados los agravios relativo a la omisión de los Ayuntamiento responsables de otorgar una remuneración proporcional a las responsabilidades como servidor público auxiliares.

Por lo que tienen derecho de recibir una remuneración por el desempeño de su actividad de Agentes y Subagentes municipales de Altotonga, Chicontepec y Actopan en las congregaciones de Río Vasco 1, San Miguel Tlalpoalan, Plan de Arenas, Doctor Daniel Guzmán, Los Olmos, Ignacio Zaragoza, Lerdo de Tejeda, Coahuixtepec, Vega de San Pedro, Paxtepec, Colonia 21 de Agosto, Río Vasco 2, Ahueyahualco, Malacatepec Centro, Tatempa, Mecacalco, Francisco Javier Gómez, Comales, Adolfo Moreno, Ixtle Flores Magón, Coyolillo, El Jicaro, La bocanita, Vista Hermosa, Buenos Aires I, Buena Vista, El Espinal, Mata de Caña, Totolapan, Llano de Zárate, Coyoles, El Guarumbo, Villa Nueva, La Caña, Arroyo de Piedra, Los Ídolos y Paso de la Milpa.

El TEV acreditó que, en el presupuesto de egresos de 2019, de los cabildos de los ayuntamientos responsables fueron omisos en establecer una partida presupuestal para el pago de los Agentes y Subagentes municipales, por lo que se determinó que los Ayuntamientos deben realizar un análisis presupuestal que permita formular ante el cabildo la propuesta de modificación al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve

Asimismo, se vinculó al Congreso del Estado de Veracruz, para que, con base en la modificación, y conforme a sus atribuciones, determine lo conducente.