El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propuso revocar una resolución previa que había declarado caduca una denuncia de violencia política de género presentada contra el exgobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco.

La denuncia fue interpuesta en junio de 2023 por la exdiputada federal Juanita Guerra, quien acusó a Blanco y a varios funcionarios del estado de Morelos —así como a medios de comunicación locales— de haberla excluido deliberadamente de los actos oficiales conmemorativos del CCXI Aniversario del “Rompimiento del sitio de Cuautla”. Según la legisladora, la omisión de convocarla a reuniones organizativas y la negativa para instalar un templete destinado a sus invitados constituyen un acto de violencia política motivado por su condición de mujer.

La querella también fue dirigida contra diversos actores, entre ellos el entonces secretario privado del gobernador, Edgar Riou Pérez, el director de Logística y Eventos, Arturo César Millán, y el presidente municipal de Cuautla, Rodrigo Arredondo. También se incluyó a cuentas y medios locales como Noticias Cuautla, Interdiario de Cuautla y Acá en el show.

El caso fue objeto de múltiples instancias. Inicialmente, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE se declaró incompetente, por lo que el expediente fue enviado a autoridades electorales estatales, quienes determinaron que no existía violencia política. No obstante, la Sala Superior del TEPJF corrigió esa decisión a finales de 2024, al considerar que el INE sí debía asumir el caso por tratarse de un conflicto entre una autoridad estatal y una legisladora federal.

Pese a esa resolución, la Sala Regional Especializada del TEPJF decretó en febrero pasado la caducidad de la queja, argumentando que había transcurrido más de un año sin resolución, lo cual fue nuevamente impugnado por la diputada Guerra.

En su proyecto, el magistrado Rodríguez Mondragón argumenta que dicho cómputo de tiempo fue incorrecto. Según su criterio, el plazo legal de un año para resolver debía contarse a partir del momento en que el INE recuperó la competencia del caso, el 25 de febrero de 2025, no desde la fecha de presentación original de la denuncia.

“Esta Sala Superior considera que la resolución impugnada debe revocarse, ya que el cómputo del plazo de un año para que opere la caducidad debió iniciarse cuando la UTCE asumió competencia”, señala el documento del magistrado.

Si su propuesta es aprobada por el pleno, el expediente deberá ser retomado por la Sala Especializada, la cual deberá emitir una resolución de fondo para determinar si Cuauhtémoc Blanco incurrió en violencia política de género contra Juanita Guerra. Esto incluiría evaluar si su exclusión se debió a razones vinculadas con estereotipos de género o discriminación por su condición de mujer.

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