La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a productores y conductores de “La hora nacional“, así como a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (DGRTC) de la Secretaría de Gobernación, a conducirse con imparcialidad y evitar pronunciamientos en favor de la aspirante presidencial de Morena, Claudia Sheinbaum.
La Comisión resolvió en sesión privada una queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), en donde denunció a la DGRTC de la Secretaría de Gobernación, a Javier Ramírez Gómez y Leonora Millán Fe, además de Claudia Sheinbaum Pardo y el partido Morena, por las manifestaciones realizadas por los conductores de “La hora nacional” en las emisiones de los días 3 y 10 de diciembre de 2023 y 14 de enero de 2024.
A juicio del PAN, los comentarios de los conductores estuvieron encaminados a beneficiar la imagen de Sheinbaum, por lo que solicitó el dictado de medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva.
La Comisión concluyó procedencia de la tutela preventiva, ya que, desde una óptica preliminar, se hicieron reiteradamente manifestaciones que podrían afectar los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, al no formar parte de la naturaleza y finalidad del programa denunciado.
Por esta razón se ordenó a la DGRTC y al Instituto Politécnico Nacional (IPN), responsables de la producción y difusión de “La hora nacional”, asegurarse del cumplimiento de sus funciones, de los principios de imparcialidad en relación con la competencia entre partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidaturas, candidaturas y demás vinculadas con la contienda electoral en marcha, en términos de lo previsto en el artículo 134 de la Constitución.
También se ordenó a los conductores del programa radiofónico, así como a quienes intervengan en la realización de este, que apeguen su actuar a los principios de imparcialidad y neutralidad, y se conduzcan con prudencia discursiva en todo momento, con la finalidad de evitar que sus manifestaciones favorezcan o perjudiquen a un partido político o coalición, o bien, a personas aspirantes a cargos de elección popular, es decir, que se abstengan de emitir pronunciamientos de índole electoral.
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