El juez primero de Distrito determinó que en 48 horas la empresa Construcciones y Desarrollo Macon deberá prestar el plan institucional para que la obra de construcción del puente vehicular en la avenida Lázaro Cárdenas continúe y a la vez los árboles que aún quedan en pie no sean talados.
De acuerdo con la solicitud de amparo 711, el empresario encargado de la obra –que aparece como tercer interesado— solicitó una inspección judicial con auxilio de la fuerza pública pues dijo que la empresa Construcciones y Desarrollo Macon, no puede continuar con la obra requerida con motivo de la diversidad de personas que se manifiestan en el lugar.
Detalló que los trabajos de construcción se encuentran paralizados y solicitó que se requiera a los manifestantes que se retiren del referido lugar para que se pueda continuar con la obra en construcción.
Sin embargo, el juez determinó otorgar 48 horas de plazo para que el empresario informe cuál es el plan institucional para que la obra continúe y a la vez los árboles que aún quedan en pie no sean talados.
“Debe precisar las gestiones, reestructura, modificación o planeación que se haya formulado para evitar la tala, derribo o remoción de árboles o cualquier flora en el tramo Urban Center, específicamente entre calles Ismael Cristein y calle Joaquín Ramírez Cabañas”, señala.
El juez advirtió que el requerimiento tiene por objeto que la medida cautelar realmente tenga efectividad, pues ningún sentido tendría que la obra continúe y, posteriormente, dado el estado de su construcción sea necesario talar los árboles para su conclusión
“Es decir, lo que se pretende es que la medida cautelar no sea burlada, esquivada o se realicen acciones fraudulentas para que al final, debido a la planeación actual que tiene la obra, los árboles tengan que ser talados”.
Y apercibió que de no dar cumplimiento a lo requerido en el plazo indicado, se les impondrá multa de 200 Unidades de Medida y Actualización. Precisión; es decir 20 mil 748 pesos
“Se le indica a la autoridad tercera interesada que hasta en tanto no cumpla con el requerimiento de mérito no podrá continuar con la construcción de la obra específicamente en el tramo que nos ocupa, materia de la suspensión definitiva dictada en este incidente”.
AVC/Perla Sandoval
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