La ex comisionada del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Yolli “N”, logró un amparo que le permitió variar la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que podría pasar las fiestas decembrinas desde su hogar.
Lo anterior dado que un juez de Distrito de Xalapa instruyó al Juzgado de Control y Proceso Penal del Distrito Judicial XI en Pacho Viejo dar marcha atrás la medida cautelar de prisión preventiva en su contra, como parte del amparo ganado 553/2022.
Con fecha 25 de octubre, el juez primero de distrito ordenó al juez modificar la medida cautelar a una distinta a la prisión preventiva que le impuesta a la ex funcionaria ell 26 de marzo de 2020. Lo anterior en vista del estado de salud de Yolli “N”.
La defensa de la ex comisionada argumentó que su cliente sufre un padecimiento de salud que pone en riesgo su vida dentro del penal de Pacho Viejo, al requerir atención especializada.
Adicionalmente, argumentó que ya transcurrieron más de dos años desde la imposición de la medida de prisión preventiva contra Yolli “N”.
Por su parte, la Fiscalía argumentó que existen condiciones para que Yolli “N” pueda huir de la acción de la justicia y acusó a los propios abogados de la ex servidora el prolongar por más de dos años la reclusión de su defendida.
En su análisis, el Juez Primero advirtió que al negar la modificación de la medida cautelar, el Juez de Control y Proceso Penal no cumplió un principio de formalidad que implica analizar nuevamente el caso, al haber ya una variación en las circunstancias (estado de salud de Yolli “N”) al imponer la prisión preventiva.
“Al existir una mínima variación de las circunstancias por las cuales se impuso esa medida o bien cuando aparezcan otras, es factible examinar nuevamente el caso, en su integridad, para determinar si es indispensable seguir restringiendo la libertad de la imputada, en atención a que la prisión preventiva es la última medida que puede imponerse” versa la resolución de 25 de octubre pasado.
Así, bajo una óptica constitucional, el juez responsable debió examinar el asunto en su integridad, atendiendo a lo probado y alegado por las partes en la audiencia.
Aunado a que en el caso de Yolli “N”, la Fiscalía no ofreció ante el Juzgado de Control los suficientes fundamentos para continuar con la prisión preventiva contra la ex servidora, esto es, la posibilidad de huir de la justicia al haber sido sujeta a una operación.
El Juez Primero agregó que la prisión preventiva de dos años ha superado lo estrictamente razonable, “por lo que prácticamente se ha constituido en una pena anticipada” aún y cuando no se ha dictado sentencia contra Yolli “N”.
Con fecha 17 de noviembre de 2022, se celebró la audiencia de cumplimiento de amparo, misma que fue celebrada por el Juez de Control y Enjuiciamiento, adscrito al Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito Judicial de Xalapa; Francisco Reyes Contreras, declarándose el 23 de noviembre que el amparo había sido cumplido por parte de este.
AVC
Conéctate con Formato7:
El atentado contra Ciro y el discurso de odio del Presidente | OPINIÓN de Héctor Yunes Landa