Si bien la Suprema Corte declaró válida la reducción de prerrogativas a partidos políticos, esta debe aplicarse hasta enero del 2023, según la sentencia del expediente SX-JRC-9/2022 y sus acumulados, que emitió la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El 17 de marzo del 2022, según el expediente SX-JRC-9/2022 y sus acumulados, se resolvió que la distribución del financiamiento a los partidos políticos nacionales debía realizarse conforme a la norma electoral vigente anterior a la reforma de 28 de diciembre del 2021.
En ese momento, se ordenó al OPLE emitir un nuevo acuerdo en el que el financiamiento de los partidos políticos nacionales y locales se debía respetar a lo aprobado por el Congreso de Veracruz el 28 de diciembre del 2021, cuando se programó el gasto de este año.
Se estableció que la modificación al financiamiento sería únicamente por cuanto hace al ejercicio fiscal 2022; y que, en todo caso el recorte al presupuesto debería ajustarse el 1 de enero del 2023.
Los ministros de la Corte, validaron la modificación a la fórmula para determinar el monto del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes de partidos políticos nacionales en el Estado de Veracruz.
Sin embargo, la aplicación debe ser en el siguiente año 2023, pues para el presente año ya se está ejerciendo un presupuesto para los partidos políticos nacionales y locales, en términos del acuerdo OPLEV/CG/061/2022, tal como lo avaló la Sala Regional Xalapa, opinaron especialistas
AVC
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