El Congreso Local de Veracruz aprobó el aborto hasta la semana 12 y amplió la causales para interrumpir el embarazo por afectaciones a la salud, como parte de las reformas al código penal en Veracruz.

La reforma también cambió el artículo 154 que en los casos de violación limitaba la interrupción del embarazo no punible a los 90 días de gestación.

Con 25 votos en favor, 13 en contra y 1 abstención se votó en favor la iniciativa que atiende a las recomendaciones de la Alerta por Agravio Comparado decretada por la Segob, en diciembre del 2017.

La alerta ordenó al Congreso Local la modificación de los los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal —para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación y eliminar el plazo de 90 días para la interrupción del embarazo en caso de violación— y divulgar e implementar la NOM-046. También se acordó crear un programa estatal de ILE.

Desde hace tres congreso locales, diputadas y activistas habían intentando en varias ocasiones reformar el Código Penal en Veracruz, finalmente lograron la votación en favor, mientras a las afueras del Congreso los grupos Provida hicieron cadenas de oración.

¿Qué dice la Reforma?

La reforma cambió el artículo 149 del código penal que a la letra dice: Comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la décima segunda semana de gestación.

Artículo 150.- A la mujer que se provoque o consien ta que se le practique un aborto, una vez transcurridas las primeras doce semanas de gestación, se le impondrán de 15 días a dos meses de tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas integrales de salud, con respeto a sus derechos hu- manos.

A la persona que haga abortar a la mujer con su consentimiento, en los términos del párrafo anterior, se le impondrán de quince días a dos meses de prisión o de cincuenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad, y multa de hasta setenta y cinco días de salario.

En este caso, el delito de aborto únicamente se sancionará cuando se haya consumado.

Artículo 151.- Comete el delito de aborto forzado quien interrumpa el embarazo de una mujer sin el consentimiento de ella, en cualquier momento de la gestación. En este caso, el delito de aborto forzado podrá ser sancionado en grado de tenta- tiva, en los términos dispuestos por el presente Código.

A quien hiciere abortar a una mujer sin su consentimiento se le impondrán prisión de tres a diez años y multa de hasta cien días de salario. Si se empleare la violencia física o moral, las sanciones serán de seis a quince años de prisión y multa hasta de ciento cincuenta días de salario.

Artículo 152.- Se deroga.

Artículo 153.- Si el aborto forzado fuese causado por un médico, partero o enfermero, además de las sanciones que les correspondan serán suspendi- dos de dos a cinco años en el ejercicio de su profe- sión.

Artículo 154.- Se consideran excluyentes de responsabilidad penal para el delito de aborto, cuando:

I….

II. El embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre dichos delitos previo al aborto;

III. De no provocarse, la mujer embarazada quede en peligro de muerte o en riesgo de afectación a su salud, a juicio del médico que la asista; o

IV. A juicio de un médico, existe razón suficiente para diagnosticar que el producto padece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves, siempre que se practique con el consentimiento de la mujer embarazada.

Diputados del PAN argumentan en contra

En sesión ordinaria, en la que solo se agendó las modificaciones al código penal, Acción Nacional externó su rechazo a la propuesta, con el argumento que las reformas solo eran un “circo mediático”.

El diputado Enrique Cambranis insistió que a las 12 semanas ya no se está hablando de un embrión, para ese momento de gestación ya se trata de un feto, por lo que al interrumpir el embarazo, se atenta contra un ser vivo.

Omar Miranda Romero afirmó que la sesión de este 20 de julio es un capítulo más de la larga lucha por la defensa de la vida.

Consideró que la sesión a modo es oportunismo político en una crisis social y económica, “parece que no hay otra agenda, que no hay otros problemas o temas, que no existe un ámbito distinto en donde la vida de miles de veracruzanos está siendo atacada”.

Y es que dijo que el gobierno de Morena no tiene respeto por la vida, un ejemplo, es la constante falta de medicamento, inseguridad en el que las mujeres han sido víctimas de más de 40 mil delitos en los primeros cinco meses del 2021.

El diputado Gonzalo Guiza Valladares ofreció una disculpa pública, de parte de los legisladores locales, que no se permitió el acceso de grupos próvida al recinto legislativo, “es lamentable porque dijimos que éramos diferentes, que no íbamos a hacer lo mismo que los demás, que no íbamos a usar la mayoría para aplastar”.

Apuntó que la sociedad no está interesado en la legalización del aborto, pues es un tema de creencias, “es un fraude a la Constitución”, y se está defraudado a la ciudadanía y se están traicionando el juramente que hicieron al rendir protesta”.

El legislador del extinto partido Encuentro Social, lamentó que Morena haga uso de la fuerza bruta para poder justificar lo injustificable, un hecho que va contra la naturaleza.

Rechazar la reforma es castigar las mujeres más pobres : Mónica Robles

Por su parte Mónica Robles Barajas quien presentó la iniciativa, fue la única que subió a tribuna para defender su propuesta, la legisladora recordó que ya hay precedente de que se puede hacer valer el derecho a la vida desde el momento de la concepción y el derecho de las mujeres a decidir por su cuerpo.

“No hay un argumento jurídico que obligue a estar en contra, además, hay una alerta de género por agravio comparado, lo que los hace responsables de regular el aborto.

Aseguró que la postura de rechazo solo castiga a la mujer más pobre que no tiene acceso a anticonceptivos, que no puede pagar una clínica clandestina para interrumpir la gestación, “que (el aborto) este como un delito penal, no quiere decir que las mujeres dejan de abortar”.

En su discurso, desde la máxima tribuna, la legisladora equiparó obligar a una mujer a tener un hijo con el delito de “tortura”.

AVC

Conéctate con Formato Siete

TEXTO Y CONTEXTO | ¿La ley del Estado o la Ley de Dios?