Por: Tere G. Quintero
Gran descontento existe entre los operadores del transporte de pasajeros de la famosa y vetusta e influyente línea Autobuses de Oriente, ADO, por las medidas arbitrarias y anticonstitucionales que en la actualidad aplican a los conductores que han prestado sus servicios con antigüedad de más de veinte años conduciendo sus modernas unidades.
Lo anterior, lo han denunciado varios empleados de dicha empresa, que presume de ser muy influyente y poderosa como manera de amedrentarlos para que se abstengan de emprender un pleito legal en su contra.
Señalaron los quejosos, que por obvias razones omitimos sus nombres, que con la famosa pandemia que ha azotado a la humanidad, han despedido a varios operadores con más de veinte años de servicio, ofreciéndoles una indemnización que no va de acuerdo a la ley.
Los conductores más que molestos están preocupados y con la incertidumbre reflejada en su rostro por el futuro de ellos y sus familiares.
La empresa ADO les comunicó que, por la grave crisis que atraviesa el país, su sueldo de $808.00 conque están dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS, que ganan por viaje, dependiendo el destino de su ruta, a partir del mes de marzo su sueldo sería reducido.
Ahora, debido a la pandemia, dicha empresa pretende seguir sosteniendo sus profesionales servicios con un miserable sueldo de $145,00, so pena de que firmaran un contrato de tres meses y ya no con ADO, sino con la empresa SERVICIO DE TRANSPORTE Y ADMINISTRACION UNIFICADOS AM. DE S.A., según el comunicado que firma el representante legal Lic. Javier Octavio Iglesias Álvarez.
Los quejosos manifestaron que efectivamente, la pandemia que ha azotado al mundo ha traído una crisis económica muy grave, pero esto repercute en las empresas que sus servicios no son esenciales, el viajar es un hecho esencial, ya sea por negocios, trabajo, placer o por necesidad, por lo que esta línea de transporte no ha dejado de laborar.
Ellos argumentan que las autoridades federales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social han aclarado que no hay fundamento legal para separar a trabajadores o recortar sueldos ante la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor. Sin embargo, han dejado la puerta abierta a la negociación entre empleados y patrones que favorezcan ambas partes.
La Secretaría del Trabajo y Prevención Social (STPS) se ha pronunciado por el diálogo y el entendimiento entre patrones y trabajadores, pero en especial los negocios o empresas que han cerrado sus puertas o bajado sus cortinas que no pertenecen a actividades esenciales.
Por último indicaron que como operadores no están obligados a aceptar la disminución del salario, no hay ley que los obligue y en caso de rescisión de contrato es causa imputable al patrón, según el articulo 51 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), ya que en este caso no hay responsabilidad para el trabajador, por lo cual deberán ser indemnizados como lo marca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Ley Federal del Trabajo y no como lo pretende hacer esta empresa que le externa que ellos ya tienen compradas a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en toda la república, lo que no se duda, pero de esto tiene la palabra la licenciada Luisa María Alcalde Luján, titular de dicha dependencia.