Oportuna la iniciativa con proyecto de Decreto de la diputada morenista veracruzana Carmen Mora García, para que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad, particularmente en lo que se refiere a la seguridad privada.
La seguridad privada surgió a nivel mundial a partir de la década de los ochenta, con el fin de llenar aquellos espacios que no cubrían las fuerzas policiales tradicionales, ante amenazas crecientes de inseguridad. En nuestro país la seguridad privada encontró su fundamento en la Ley que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, promulgada en 1995.
Dado el alto índice de inseguridad que se vive en nuestro país, quienes lo habitamos o aquellos que lo visitan se han visto en la necesidad de contratar empresas o personas con conocimientos especializados en la prestación del servicio de seguridad privada.
Tan sólo la contratación de dichos servicios en condominios, fraccionamientos y zonas residenciales aumentó en un 20 por ciento en el ejercicio fiscal 2019, además de ello, el Presidente de la Agrupación Seguridad Unidos por México (Asume), señaló que en dicho año 600 mil personas se desempeñaban en seguridad privada, de los cuales la cuarta parte se encontraba en inmuebles habitacionales y los demás en instituciones públicas, privadas, bancos, aeropuertos, aduanas, empresas o traslados de valores.
En este contexto, de acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas 2017, realizada por el INEGI, siete de cada 10 grandes empresas se vieron en la necesidad de contratar servicios de seguridad privada, por lo que dichas sociedades tuvieron que destinar entre 5 y 8 por ciento de su gasto operativo para resguardar a su personal, proteger mercancías e información.
Ante esto, cobra relevancia la propuesta de la legisladora Carmen Mora García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión.
Es un hecho que actualmente existe un vacío legal en cuanto a cómo definir el carácter auxiliar de los prestadores de servicios de seguridad privada, de qué manera estos últimos coadyuvarán en la seguridad pública tanto de la Federación como de las Entidades Federativas y bajo qué régimen deben cumplir con los principios y obligaciones de actuación, similares a las instituciones de seguridad pública, logrando con ello un mejor servicio en beneficio de la población que utiliza de taleservicios.
Es por ello que esta reforma tiene por objeto delimitar la coadyuvancia de la Seguridad Privada como auxiliar de la seguridad pública, con las diversas autoridades de las Entidades Federativas y Municipios, en situaciones de emergencia o desastre.
Por ello, esta iniciativa propone adicionar la fracción XXX-A al artículo 73 y se adiciona un último párrafo al artículo 21, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de dotar al Congreso de la Unión de facultades para expedir legislación única en materia de seguridad privada, así como delimitar la coadyuvancia de la Seguridad Privada como auxiliar de la seguridad pública.
Sumado a que dicho ordenamiento jurídico, como ya se ha expresado, permitirá homologar los criterios de evaluación, capacitación y verificación, en beneficio de la ciudadanía, ya que será la Federación en coordinación con las autoridades competentes de los Estados y de la Ciudad de México, los encargados de evaluar, verificar y establecer criterios y directrices para la capacitación de los prestadores de seguridad privada, evitando con ello la doble regulación, así como la multiplicidad de procedimientos.
@luisromero85