Ciudad de México.- La decisión que este miércoles tomará la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre el amparo en revisión 636/2019, podría ser un histórico avance para garantizar el derecho de las veracruzanas a interrumpir un embarazo no deseado hasta las doce semanas de gestación.
En conferencia de prensa virtual, las organizaciones Católicas por el Derecho a Decidir; Justicia, Derechos Humanos y Género; y Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, organizaciones que alegaron que el Congreso local fue omiso al no reformar su legislación a favor del aborto, expresaron su apoyo al proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Representantes de estas organizaciones expusieron que la Primera Sala sentaría un precedente para el resto de los Congresos del país si determina que los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal de Veracruz, que definen el aborto y lo sancionan con tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud, son normas discriminatorias y constituyen violencia contra las mujeres.
La integrante de Católicas por el Derecho a Decidir y coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Maria de La Luz Estrada, quien acompañó el proceso, expuso que la Primera Sala se encamina a señalar que el Congreso de Veracruz debe reformar su Código Penal en materia de aborto por ser una norma discriminatoria que violenta los derechos de las mujeres.
La defensora llamó a las y los ministros de la Primera Sala: Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien realizó el proyecto de resolución, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Norma Lucía Piña Hernández a guiar su decisión por principios y estándares de mayor protección para las mujeres y no por prejuicios.
De acuerdo con la versión publica del proyecto de resolución, el Congreso veracruzano cometió una omisión legislativa al no despenalizar el aborto hasta las doce semanas de gestación, y tampoco cumplió con la Convención sobre la Eliminación de Todos las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem Do Pará), instrumentos internacionales firmados y ratificados por México.
Al hablar del proceso, Estrada dijo que a las organizaciones civiles les tomó cuatro años lograr que la Suprema Corte analice cuál es el papel del Congreso local para garantizar los derechos reproductivos de las mujeres. Este proceso se remonta al 5 de abril de 2016, cuando las organizaciones solicitaron la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, por agravio comparado, es decir, por no garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mexicanas. La declaratoria de Alerta se hizo el 13 de diciembre de 2017.
Entre los argumentos para solicitar la Alerta, las organizaciones expusieron que hasta 2016 se reunía un registro de al menos 400 niñas desde 9 años de edad que fueron violadas y no tuvieron acceso a interrupción legal del embarazo en Veracruz, ya que a pesar de que en el estado se puede pedir el aborto por violación, sólo se puede hacer durante los primeros 90 días de gestación; mientras que en el resto del país no hay un limite temporal.
Una de las recomendaciones emanadas de esta Alerta fue despenalizar el aborto hasta las doce semanas del embarazo. Sin embargo, el Legislativo no hizo la modificación a su Código Penal para modificar el delito de aborto. Es por esta razón que las agrupaciones presentaron un amparo alegando omisión legislativa, un recurso que les fue otorgado por un Juez de Distrito, pero que fue impugnado por el Congreso. Ahora, la revisión del amparo fue atraída por la Suprema Corte.
Patricia Bedolla, integrante de la organización Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos (ALEIDHAC), expuso que el Legislativo no fundamentó sus razones para no modificar una norma discriminatoria para las veracruzanas. No expuso sus motivos pese a que aceptó las recomendaciones derivadas de la Alerta de Violencia de Género y a que se presentó una iniciativa y se hizo un dictamen para realizar la reforma.
Bedolla aseguró que es importante y necesario precisar que la materia del amparo es la omisión legislativa de las y los diputados locales y ahí se debe centrar la resolución. Agregó que en el proceso para llegar a este amparo también debe quedar claro que se comparó la norma de Veracruz, que no reconoce el derecho al aborto, con la de otro territorio mexicano donde se maximiza este derecho: la Ciudad de México.
A su vez, la abogada de la organización Mexfam, Esmeralda Lecxiur Ferreira, señaló que el proyecto de resolución hace un análisis de tres tema relevantes: la Alerta, como un mecanismo que auxilia a las autoridades y ayuda a visibilizar los Derechos Humanos de las mujeres; el enfoque psicológico y social en el ámbito salud y los roles de las mujeres; y la importancia de los instrumentos internacionales.
A esto se suma, expuso el abogado de Justicia, Derechos Humanos y Género, Rodolfo Domínguez, que la propuesta resolución da una respuesta clara al amparo que interpusieron las mujeres. Señaló que si bien para las organizaciones hay una debilidad del proyecto que no considera vinculante la Alerta de violencia de Género, en este punto se hace referencia a que no es vinculante para acreditar la omisión legislativa del Congreso.
El litigante expuso que habrá oportunidad de analizar a profundidad el mecanismo de Alerta de Violencia de Género. Por ejemplo, hace unos días la ministra Ana Margarita Ríos Farjat manifestó su intención de atraer el amparo en revisión 483/2019 para analizar la naturaleza y objeto de la Alerta de Violencia de Género, en particular la declaratoria de este mecanismo en la Ciudad de México, en noviembre de 2019.
En su oportunidad, Jaqueline Estrada, integrante del colectivo Aquelarre, recordó que en el estado, desde 2016, se impuso una visión moral y religiosa, alejada de la laicidad cuando el Congreso aprobó una reforma constitucional para “proteger la vida desde la concepción”. Esa fue otra de las razones que orilló a las agrupaciones a apoyar el amparo y el derecho de las mujeres.
Las organizaciones coincidieron en que en el estado no es equitativo el derecho a la salud, por eso destacaron que la Suprema Corte tiene la oportunidad de sentar precedentes para generar un cambio para que las autoridades de salud atiendan a mujeres y niñas; pero la decisión, que debe ser aprobada por tres de los cinco ministros, abre la puerta para poner sobre la mesa la obligación de los Congresos de despenalizar el aborto en todos los estados del país.
CIMAC/Anayeli García Martínez