La Comisión Permanente del Congreso Local, entregó a la Secretaría General los dictámenes en favor de la revocación del mandato del presidente y la síndica del ayuntamiento de Actopan, y  la declaración de procedencia en contra del diputado por el Distrito de Misantla, informó el legislador Víctor Emmanuel Vargas Barrientos, presidente de la Comisión.

La Secretaría General, en los próximos siete días, enlistará los dictámenes en la siguiente sesión extraordinaria del Pleno para su acuerdo y votación.

El legislador informó que ambos dictámenes fueron respaldados por mayoría de los integrantes de la Comisión y precisó que este dictamen no juzga si los ediles o el legislador son culpables de los delitos que les imputa la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, sino que solo ordena quitarles el fuero para que pueda iniciarse  el procedimiento legal correspondiente.

La Fiscalía Anticorrupción solicitó  la suspensión y revocación del presidente municipal de Actopan, José Paulino Domínguez Sánchez y la Síndica Lucero Yazmín Palmeros Barradas, por diversas acusaciones de corrupción al interior del ayuntamiento.

En algunos  audios filtrados, la síndica Jazmín Palmeros Barradas reconoce que tiene a su cuñado como aviador en la nómina del ayuntamiento y pide le  sean respetados sus acuerdos con el alcalde José Paulino Domínguez.

También el primer tesorero de Actopan, Pedro Benítez (actual tesorero de Tuxpan), quien en días pasados fue vinculado a proceso por los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de un deber legal, está acusado de desviar al menos siete millones de pesos a cuentas ajenas al ayuntamiento.

Cabe recordar que el actual alcalde, Paulino Domínguez, tiene una carpeta de investigación en su contra, por el asesinato del periodista Celestino Ruiz Vásquez, ultimado a balazos en agosto pasado

La Fiscalía también solicitó juicio de procedencia en contra del diputado local -exmorenista y ahora de la fracción del PAN-, Erik Aguilar López.

El legislador está acusado de los delitos de  desobediencia civil y ejercicio indebido del servicio público, luego de que permitió que se levantara un cuerpo, después de un accidente vial.

En estos casos, los aludidos se presentaron ante la comisión instructora del Congreso Local para en audiencia de pruebas y alegatos.

El párrafo segundo del artículo 78 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave refiere que si  el Congreso declara que ha lugar a proceder, el servidor público quedará suspendido de su cargo y a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley.

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