Presenta el PAN una iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona un último párrafo al artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
El Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), en voz del diputado Juan Manuel De Unánue Abascal y como parte de las acciones de combate a la corrupción, el fortalecimiento de la rendición de cuentas y la transparencia del sector público, presentó ante el Pleno una Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona un último párrafo al artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.
El legislador De Unánue Abascal señaló que en Veracruz, a partir de las reformas de los años 2002 y 2004 al Código Financiero del Estado, se clasificaron los fideicomisos públicos, en los siguientes términos: fideicomisos que son considerados paraestatales, por contar con una estructura orgánica; fideicomisos que no son considerados paraestatales, por no tener una estructura orgánica definida que atienda los requerimientos de transparencia; y fideicomisos bursátiles.
Estos últimos, destacó, de acuerdo al artículo 175 del Código Financiero, “solo los fideicomisos bursátiles necesitan la autorización del Congreso para su creación, en cambio los Fideicomisos paraestatales y de administración son creados y extinguidos por Decreto del Ejecutivo”.
Abundó que el primer informe trimestral del ejercicio 2019 emitido por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) informa que existen 25 fideicomisos públicos con un saldo patrimonial de más de tres mil 304 millones de pesos. Suma que equivale, subrayó, al subsidio estatal anual de la Universidad Veracruzana (UV).
Por esta razón, dijo, y debido a que el interés social es conocer el manejo de los recursos públicos que se da al interior de los fideicomisos, es mucho mayor que cualquier reserva de información que el Estado pudiera considerar; “resulta importante conocer y dar a conocer, el uso y destino de los recursos públicos de los fideicomisos que se encuentran sectorizados a diversas dependencia”.
Si bien es cierto, dijo, que en las comparecencias los Secretarios de Estado dan cuenta de sus actividades prioritarias, también es cierto que, “en lo tocante a los fideicomisos a ellos sectorizados, no rinden un informe específico en el que se advierta que cumplen con sus objetivos”.
Así, dijo, por una parte, los titulares de las dependencias centralizadas, omiten o evitan rendir cuenta acerca de los fideicomisos a ellos sectorizados cuando acuden a rendir cuentas a este Congreso; y aún teniendo la facultad de mandar a llamar a titulares de fideicomisos públicos, el Congreso del Estado, señaló, no ha ejercido a plenitud dicha atribución.
Refirió que si los fideicomisos públicos con estructura son paraestatales, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, entonces sus titulares deben de comparecer ante el Congreso, con el objeto de transparentar el uso y destino de los recursos que tienen a su cargo.
Esta modificación a la Ley, resaltó, es para hacer comparecer a los titulares de los Fideicomisos Públicos que cuenten con estructura administrativa y que lo harán en cualquier tiempo ante el Congreso a convocatoria expresa de éste, a fin de rendir cuentas del estado que guarda la administración de los fondos, valores o recursos a ellos encomendados; así como el avance y resultados obtenidos en la consecución de los fines que justifican su creación.
Los Fideicomisos Públicos, agrega, que no cuenten con estructura orgánica, comparecerán a través del titular de la dependencia. La comparecencia también podrá solicitarse cuando se discuta una legislación o se estudie un negocio concerniente a su ramo o actividad.
Esta Iniciativa con Proyecto de Decreto, fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.