La Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad (STPSP) vigila que los niños no trabajen en las empresas y regula los permisos para adolescentes en posibilidad de desempeñar un oficio dentro de la ley.

El director de Inspección del Trabajo, Pablo Morales Hernández, enfatizó que para permitirle laborar a un menor la empresa debe acatar todos los requisitos indispensables, y que la Secretaría debe garantizar siempre el interés superior del niño y salvaguardar todos sus derechos.

“Los jóvenes mayores de 15 años y menores de 18 deben acudir a la Inspección del Trabajo acompañados de un tutor, desempeñarse en condiciones adecuadas que no perjudiquen su integridad física y no descuidar sus estudios”.

Explicó que los documentos para tramitar el permiso son: acta de nacimiento, CURP, constancia de estudios actualizada o última boleta con sello de la institución, (no deberá existir incompatibilidad entre estudios y la actividad a realizar), certificado médico reciente, identificación oficial del padre, madre o tutor. En caso de no coincidir el domicilio con el de la credencial, presentar copia del comprobante, además del nombre y domicilio de la empresa donde trabajará el menor; así como el horario de la jornada.