Veracruz, Ver.- Los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, otorgaron el amparo y la protección de la justicia federal al exdirector del Régimen Estatal de Seguridad Social (Seguro Popular), Leonel Bustos Solís, en contra de la orden de aprehensión que se giró en su contra desde febrero del 2017 al ser requerido por la Fiscalía General del Estado por los probables delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal, peculado y tráfico de influencias.
Bustos Solís fue aprehendido en enero del 2017 como resultado de una investigación que se inició en su contra por el supuesto desvío de dos mil 300 millones de pesos del Seguro Popular, se le vinculó a proceso, se le dictó prisión preventiva y se estableció un periodo de cuatro meses para la investigación complementaria.
Sin embargo, obtuvo una suspensión provisional concedida por un juez federal permitió que el exfuncionario estatal llevara el proceso en libertad, ya que los delitos que se le imputaron no se catalogan como graves.
Ante tal resolución, la Fiscalía General del Estado solicitó una nueva orden de aprehensión en contra del exdirector del Régimen Estatal de Seguridad Social hacia finales de febrero del 2017.
No obstante, Leonel Bustos Solís promovió un juicio de amparo ante el Juzgado Décimo Octavo de Distrito con residencia en Xalapa, en contra de la orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General del Estado, el cual se registró con el número de expediente 303/2017.
El juez federal le negó el amparo y la protección de la justicia a Bustos Solís el 10 de octubre del 2017.
No conforme con la resolución, el exfuncionario duartista interpuso un recurso de revisión el 31 de octubre de ese mismo año, el cual se remitió al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, donde se radicó el Toca número 474/2017.
Después del análisis de las pruebas que proporcionaron las partes involucradas en la demanda de amparo, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito resolvieron revocar la resolución del Juez Décimo Octavo de Distrito y concedieron el amparo y la protección de la justicia federal a Leonel Bustos Solís.
“PRIMERO. Se revoca la sentencia recurrida. SEGUNDO. Para los efectos precisados en el último considerando de esta ejecutoria, la Justicia de la Unión ampara y protege a ***, contra los actos reclamados a las autoridades responsables, precisados en el resultando primero de este fallo.”
Por último, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito ordenaron a las autoridades responsables contra las que Leonel Bustos Solís interpuso la demanda de amparo cumplir la sentencia en un plazo de tres días legalmente computados, con el apercibimiento de que se les impondrá una multa en caso de desacato.
José Juan García/Avc