Este lunes se vence el plazo de seis meses que un juez le dio a la Procuraduría General de la República (PGR) para investigar al exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.
Con dicho plazo concluido se abre ahora un periodo que resultará clave en el que las autoridades y la defensa del exmandatario deberán descubrir las pruebas con las que pretenden obtener una sentencia condenatoria o absolutoria en el juicio.
No obstante también existe la posibilidad de que la Procuraduría y la propia defensa, si así lo considera conveniente para sus intereses, obtengan un periodo extra de investigación para recabar pruebas que le hayan faltado. La semana pasada la PGR reconoció que aún estaba interesada en indagar datos sobre cuentas bancarias pero el juez del caso pospuso la decisión de autorizarlo o no, luego de que la defensa no fue notificada con el tiempo que se requería legalmente de dicha petición.
A continuación Animal Político presenta la ruta que seguiráel caso contra Javier Duarte una vez terminado el periodo de investigación de seis meses. Cabe recordar que el caso contra el exgobernador de Veracruz se sigue bajo las normas del nuevo sistema penal acusatorio.
Para obtener esta información se plantearon diversas dudas a abogados expertos en el nuevo sistema penal, a fuentes del propio Poder Judicial Federal y al equipo legal de la defensa del exgobernador.
¿Puede la PGR o la Defensa obtener una ampliación del periodo de investigación que hoy termina?
La respuesta es sí. El artículo 322 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que de forma “excepcional” el juez podrá autorizar una prórroga del periodo de investigación complementaria que haya dictado originalmente. El nuevo plazo de investigación, en caso de ser concedido, no podrá exceder de seis meses.
La determinación de conceder o no la prórroga la toma el juez en una audiencia pública en la que deben estar presentes ambas partes para que expongan su posición a favor o en contra.
En el caso específico de Javier Duarte la defensa ya extendió una solicitud al juez para que se analice la conveniencia de extender el periodo de investigación pero falta concierto si la PGR también lo pedirá o está de acuerdo.
La audiencia en la que el juez decidiría si se concede o no esta prórroga no se realizaría hoy sino hasta el próximo 31 de enero.
¿Qué pasara el 31 de enero?
La audiencia programada para el próximo 31 de enero es para definir si el juez autoriza o no, una solicitud hecha por la PGR de incluir como pruebas en el caso diversas cuentas bancarias claves en la investigación. Se trata de la audiencia que tuvo que ser pospuesta el jueves pasado ya que la defensa no fue notificada con 48 horas de antelación mínima como lo contempla la ley.
Pero además, en el caso de que la defensa y/o la PGR hayan presentado la solicitud de prórroga del plazo de investigación, será en esta audiencia donde el juez abordará el tema y tomará una determinación.
Es importante subrayar que los abogados y los fiscales de la Procuraduría deberán exponer argumentos que justifiquen el que sea necesario ampliar el periodo de seis meses con el que ya contaron inicialmente. Esto ya que ampliar el plazo deinvestigación significa prolongar de forma general el proceso y por ende el tiempo en que Duarte está preso sin que se haya demostrado en un juicio su culpabilidad.
¿Cuándo hará la PGR la acusación formal contra Duarte?
Una vez que concluya el periodo de investigación la PGR tendrá 15 días como máximo para formular la acusación formal en contra de Javier Duarte.
Es decir, si el juez no concede la prórroga de la investigaciónla acusación tendrá que ser presentada antes de la segunda semana de febrero. Si concede la prórroga dependerá del plazo de la misma.b
¿Cómo se presenta la acusación formal?
Se presenta por escrito con trece requisitos que se detallan en el artículo 335 del Código Nacional de ProcedimientosPenales. Básicamente se trata de la descripción de hechos que se imputan a Javier Duarte, las pruebas y los testigos con las que se cuenta.
Una vez que el juez tenga en sus manos la acusación deberá señalar una fecha para la denominada audiencia intermedia en un plazo que no podrá ser ni menor a 30 días a partir de que recibe la acusación ni mayor a 40 días.
¿Cuándo la PGR y Duarte revelarán las pruebas que tienen?
Uno de los principios del nuevo sistema penal es que ambas partes se revelan entre si las pruebas con las que pretenden llegar a juicio. No se puede ocultar nada. Deben entregarse todos los expedientes, listas de testigos, peritajes realizados, etcétera.
A lo anterior se le llama técnicamente “descubrimiento probatorio” y debe ocurrir luego de que la PGR formule por escrito la acusación y antes de que se realice la parte oral de la audiencia intermedia.
El artículo 345 del Código Nacional de Procedimientos Penales prevé que ambas partes podrán llegar a “acuerdos probatorios”, es decir, podrán establecer que cosas son obvias y por lo tanto no vale la pena debatirlas en el juicio, por ejemplo, que Javier Duarte fue gobernador de Veracruz del 2010 al 2016. Lo que se plasme en los “acuerdos probatorios” se dará por sentado.
¿Qué pasará en la audiencia intermedia?
Si bien la acusación formal y el descubrimiento de pruebas son pasos esencialmente escritos, el debate en torno a las mismas y los acuerdos a los que se lleguen se realizan de forma oral en la audiencia intermedia.
Ojo. El objetivo de esta audiencia no es determinar si el acusado (en este caso Javier Duarte) es culpable o inocente. De hecho ni se trata siquiera del juicio.
Lo que se debate en la audiencia intermedia es si la acusación formal está bien planteada o no, los alcances de la misma y la validez de las pruebas que cada parte pretende llevar al juicio. La defensa podrá exponer si desde su punto de vista no se sostiene alguno de los dos delitos por los que acusa a su cliente, en este caso delincuencia organizada y lavado de dinero.
Esta audiencia se realiza ante el mismo juez de control que ha llevado hasta ahora el caso, o sea el juez Gerardo Moreno. Él tiene la determinación final sobre cada uno de los temas que se aborden una vez que haya escuchado a las partes. Por ejemplo, el juez decidirá si hay que hacer correcciones a la acusación, si hay que descartar o no una prueba, etcétera.
¿Y el juicio contra Duarte? ¿Hasta cuándo?
Al finalizar la audiencia intermedia el juez de control deberá emitir el denominado “auto de apertura de juicio” con los requisitos que contempla el artículo 347 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En dicho auto el juez de control deberá establecer a que Tribunal pasará el caso para su juicio y el detalle de la acusación y las pruebas que se abordarán en el mismo.
Con lo anterior concluirá la participación del juez Gerardo Moreno en el caso de Javier Duarte. El juicio, que deberá realizarse en un periodo de 20 a 60 días como máximo luego del “auto de apertura de juicio” se llevará a cabo ante un Tribunal compuesto por tres nuevos jueces que no hayan intervenido en el caso, y a los cuales sí les tocará resolver siel exgobernador de Veracruz es culpable o inocente.
Con información de Animal Político