Más de tres décadas después de haber vivido una relación con Luis de Llano, cuando ella apenas tenía 14 años y él 39, Sasha Sokol logró algo que muchas víctimas no han conseguido: justicia.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia histórica que sienta un precedente fundamental en los casos de abuso sexual contra menores: cuando ya no es posible proceder penalmente, las víctimas podrán presentar demandas civiles sin límite de tiempo.
Este fallo abre una nueva vía para quienes, por distintas razones, no denunciaron cuando eran menores o cuando los delitos prescribieron.
No es una solución que implique cárcel para los agresores, pero sí representa un acto de justicia simbólica y concreta: reconocer el daño, exigir una disculpa pública y obtener reparación económica.
Caso de Sasha Sokol, precedente contra abuso sexual a menores
La abogada penalista Leslie Jiménez explicó en entrevista para MILENIO que esta decisión permite a las víctimas recuperar algo de lo que les fue arrebatado.
“Es una manera de volver a tomar el control. La vía civil reconoce que hubo una agresión, aunque ya no se pueda castigar con cárcel, y permite una reparación del daño que también tiene valor simbólico”.
Jiménez añade que esta sentencia también lanza un mensaje claro: el paso del tiempo no borra la violencia, y las víctimas no deben cargar con el peso de haber callado.
“Muchas veces no se denuncia porque no hay herramientas emocionales, porque hay miedo o porque simplemente no se comprendía lo que estaba pasando”, señala.
Este es uno de los puntos más importantes para Daniela Torres, abogada de la Defensoría de Derechos de la Infancia.
“Cuando el abuso ocurre en la niñez o adolescencia, muchas veces ni siquiera se reconoce como tal. Hay manipulación, coacción, y una estructura de poder en la que el menor cree que todo está bien, que lo que ocurre es normal o incluso consensuado”.
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Además, explica que muchas familias no cuentan con información suficiente para actuar legalmente y que, por proteger la estabilidad emocional del menor, se prioriza la atención psicológica y se deja de lado el acceso a la justicia. En otros casos, es la misma familia la que protege al agresor, impidiendo cualquier tipo de denuncia.
Los obstáculos no terminan ahí. A veces, las autoridades exigen a las víctimas que detallen con precisión lugares, fechas y horarios de los hechos, sin considerar que se trata de sucesos ocurridos durante la infancia, muchas veces en un entorno de confusión y trauma. Esto, lejos de facilitar el proceso, revictimiza y dificulta aún más que las personas busquen justicia.
Según datos de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), entre 2010 y 2022 al menos 49 mil 657 niñas, niños y adolescentes fueron víctimas de violencia sexual.
En los casos que involucraron a niñas y adolescentes mujeres, el 19.2 por ciento de los agresores fueron personas conocidas sin parentesco (como vecinos o conocidos de la familia), el 18.3 por ciento fueron familiares distintos a los padres o madres, y en el 13.4 por ciento el agresor fue el padre o padrastro.
Frente a esta realidad, el fallo cobra mayor relevancia. Juan Martín Pérez, coordinador de Tejiendo Redes Infancia, asegura que la sentencia es una puerta para quienes, por su entorno familiar, no pudieron denunciar.
“Muchas víctimas crecieron en hogares donde el agresor era una figura cercana, protegida, y no tenían ni la autonomía ni la fuerza emocional para hablar. A veces, eso solo llega con la mayoría de edad, después de procesos terapéuticos o al tomar distancia del núcleo familiar”, explica.
Hasta octubre de 2023, el Código Penal Federal fue reformado para que los delitos sexuales contra menores no prescribieran. Pero esa modificación no es retroactiva, lo que significa que los casos anteriores a esa fecha siguen teniendo un límite de nueve años para ser perseguidos penalmente, sin importar la edad de la víctima en el momento de los hechos.
Por eso, aunque la sentencia en el caso Sokol no implica una condena penal para Luis de Llano, sí representa un parteaguas: ahora, la justicia puede llegar por otra vía.
Una vía que valida la experiencia de las víctimas, que reconoce que no siempre se puede hablar cuando lo dicta la ley, sino cuando el cuerpo y la mente están listos.
“Nombrar lo que pasó es un acto de justicia. Y eso, por sí solo, ya es un paso enorme”, concluye Jiménez.
Milenio
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