El amparo 540/2023 que otorgó la juez Decimoquinta de Distrito ha generado muchas reacciones de actores políticos y de los representantes de los Poderes Públicos y Órganos Autónomos, sin embargo, no ha quedado claro qué pasará con la jueza Angélica Sánchez, a quien se le inició un proceso penal, tras liberar a Itiel N, considerado un objetivo del gobierno de Veracruz.
La jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz anuló el proceso penal que le inició a la juez Angelica Sánchez Hernández de parte de la Fiscalía General del Estado (FGE), por los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias,
El amparo indirecto 540/2023, que se resolvió el 8 de agosto, determinó que el proceso judicial que se le inició “incumplía” con un amparo que le fue otorgado con anterioridad, que limitaba que fuera detenida.
Por lo que se pidió a las autoridades judiciales en Veracruz a dejar insubsistente las acciones que se implementaron dentro del proceso penal 297/2023 contra la juez Angélica Sánchez Hernández, quien había sido detenida en la Ciudad de México y estaba en resguardo domiciliario desde el 13 de julio pasado.
La medida, confirmaron los abogados, llevaría al Poder Judicial de Veracruz y a la Fiscalía General del Estado reiniciar el proceso judicial en contra de la jueza, que recuperó su libertad este 9 de agosto, luego de que se retiró a los policías que vigilaban su resguardo domiciliario.
El abogado penalista Jorge Reyes Peralta explicó que la decisión de la jueza federal es garantista y ahora obligará a que el debate se centré en sí es válido que se haga efectivo un amparo, para no ser detenido por delitos que no ameriten prisión preventiva, y si éste limitaba girar una orden de aprehensión.
Otro abogado, observó que la decisión de la jueza federal a favor de Angélica Sánchez Hernández le permitirá llevar el proceso judicial en libertad y difícilmente se le podrá imponer como medida cautelar prisión preventiva justificada, pues los delitos que se le imputan no son graves.
Luego de que se ordenó anular el proceso judicial que se inició a raíz de la orden de aprehensión contra Angélica Sánchez, la Fiscalía General del Estado (FGE) a cargo de Verónica Hernández Giadáns, anunció que impugnará la sentencia, lo que podría provocar que el proceso quede en pausa, en tanto se concluye con la revisión de la queja.
La ruta legal que se debe seguir, tras la emisión del amparo
Jorge Reyes Peralta, abogado penalista, explicó que tras la resolución de la juez federal todo el proceso legal contra Angelica Sánchez queda como en un inicio, antes de que se girara la orden de aprehensión.
Para dar seguimiento a la carpeta de investigación que se le abrió a la juez de control de Coatzacoalcos tendrá que ser citada a una audiencia para revisar las pruebas de la Fiscalía y escuchar a su defensa.
En ese momento el juez de control tendrá que dictar nuevas medidas cautelares que van desde el resguardo domiciliario, la firma periódica ante el juzgado, la entrega de sus pasaportes, o la prohibición de salir del Estado o el país, “son 12 medidas cautelares”.
“Quedan como antes, lo que no significa que se termine el proceso contra la jueza (…) a ella jamás se le debió haber impuesto prisión preventiva”, dijo.
Al referirse a la postura de la Fiscalía, tras la liberación de Angélica Sánchez, que observó que no se puede hacer valer un amparo que se otorgó antes de que se liberó una orden de aprehensión, explicó que en el pasado así ocurría.
No obstante, dijo, el colegiado -que tendrá que revisar la queja que interpondrá la Fiscalía-, centrará su análisis en el criterio de la jueza federal, que hizo valer un amparo que se entregó con anticipación, lo que desde la perspectiva de la juzgadora: impedía a un juez local girar una orden de aprehensión contra Angélica Sánchez.
También destacó la intervención de órganos defensores de derechos humanos que presentaron un amicus curiae, una opinión externa, de cómo se estaba llevando el proceso judicial contra la jueza Angélica Sánchez.
La historia de la jueza
Angélica Sánchez fue detenida en un primer momento el 5 de junio, después de que acató una sentencia en la que se ordenó la puesta en libertad de Itiel N, alias el Compa Playa, considerado un objetivo del gobierno del Estado, al ser generador de violencia. En esa ocasión, la retuvieron por 3 días, sin embargo, no se le inició ningún proceso penal.
El 16 de junio, 11 días después, fue detenida en la Ciudad de México, por los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias, ella contaba con un amparo para no ser detenida por delitos que no ameritan prisión preventiva, que eran los que le imputan, sin embargo, no se hizo efectivo el documento judicial.
Por lo que tramitó un amparo, que resuelve: “de acuerdo a lo establecido en el marco teórico y los antecedentes que integran la presente incidencia, permiten válidamente a la suscrita juzgadora llegar a la conclusión que las autoridades responsables Juez de Control y Enjuiciamiento adscrito al Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, con sede en la congregación de Pacho Viejo, Veracruz y el Director General de la Policía Ministerial, con sede en Las Trancas, Veracruz, SÍ INCURRIERON EN INCUMPLIMIENTO de la medida cautelar concedida a Angélica Sánchez Hernández, mediante proveído de 9 de junio del presente año, dictado en los autos del incidente de suspensión 540/2023-3-B, del índice de este órgano jurisdiccional, por las razones expuestas en el presente considerando”, dice la sentencia.
Por lo anterior, se declaró procedente y fundada la suspensión provisional concedida a Angélica Sánchez Hernández, y se ordenó a la autoridad jurisdiccional emitir un acuerdo en el que deje insubsistente todo lo actuado en el proceso penal 297/2023, a partir del momento en el que mediante oficio FGE/PM/FIM/566/2023, mediante el cual pusieron a disposición del juez de control responsable a Angélica Sánchez Hernández, con lo que se declarará la nulidad de todas las actuaciones que haya practicado con motivo de la recepción de ese oficio.
AVC
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