Los recursos recibidos en el año por préstamos de dinero en efectivo o transferencia, donaciones y premios deben reportarse en la declaración anual del ISR, ante el SAT, siempre y cuando en su conjunto o por separado superen los 600,000 pesos.

“Hay casos en los que se hacen en efectivo y no hay rastro, pero en algún momento la autoridad puede rastrearlos cuando ingreses el dinero a una cuenta bancaria, la autoridad puede preguntarte sobre el origen de este dinero”, explicó Roberto Colín, integrante de la comisión fiscal 2, del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

¿Hasta cuánto pueden prestarte sin declarar?

Existe la obligación de reportar en la declaración anual ingresos por préstamos, premios y donaciones, cuando superen los 600,000 pesos. La regla, dispuesta en la Ley del ISR, no determina si deben declararse si los préstamos son en efectivo o por transferencia, detalló Colín.

Estos ingresos no son gravables, es decir, no pagan impuestos, por ello es importante contar con documentos que respalden este tipo de transferencias, de acuerdo a la Ley del ISR, artículos 90 y 93.

Un pagaré a un familiar, en caso de préstamos en efectivo por una cantidad considerable es válido para la autoridad, consideró Ramiro Ávalos, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

“Los pagarés son válidos ante la autoridad, el asunto es que vas a revelar que alguien te prestó”, comentó Ávalos.

Generalmente lo que busca la autoridad es que el dinero que se presta ya haya pagado impuestos, por ejemplo, si tu tío te presta dinero y él lo obtiene por pago de honorarios en el ámbito formal, no habrá problema, agregó el especialista.

Pero, si tu tío te cobra intereses por prestarte el dinero, tendrá que reportarlo al SAT, comentó el representante del IMCP.

Transferencias entre padre e hijo

El dinero que un padre o madre te presta o transfiere está exento del cobro de impuestos, se le da tratamiento de donativos, es importante dejar referencias en estados de cuenta, explicó el especialista del CCPM.

Hay otros casos en los que los préstamos son prendarios, entonces hay un contrato por parte de la casa de prenda, donde se reconoce que se dejó un bien en garantía, y detalla el costo del financiamiento.

Cuando sea una transferencia, por ejemplo, en el “concepto” se puede dejar referencia de que fue un préstamo personal, refirió Colín.

¿Qué pasa si no declaras préstamos, donativos o premios?

Si es un préstamo y no te generó un incremento en tu patrimonio no hay problema, refiere Ávalos.

Lo recomendable es tener los controles para demostrar que tuviste ingresos por uno o varios préstamos, de no hacerlo, la autoridad puede presumir que son ingresos acumulables por los que deberás pagar impuestos, culminó el especialista en materia fiscal.

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