La determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar la inconstitucionalidad de la penalización del aborto en Coahuila impactaría en la legislación del resto de las entidades en el país, que tendrían que atender las consideraciones de los ministros, señaló la integrante de la organización civil Equifonía, Adriana Fuentes Manzo.
Este organización, que ha acompañado en la alerta por violencia de género en Veracruz, considera que declarar inconstitucional la penalización del aborto obligaría a los estados a modificar este tipo penal y en el caso de Veracruz, en donde el Código Penal fue recientemente reformado para permitir la interrupción del embarazo hasta la 12 semana de gestación, abriría la puerta para ampliar las causales de acceso a estos servicios.
“Les da elementos a los legisladores de diferentes entidades de cómo debe hacer el análisis, los argumentos que sustentan el impulso de una legislación que protege el derecho de decidir de las mujeres. Si bien es cierto no despenaliza de manera total el aborto, sí deja ver un plazo mínimo en el que se deben garantizar esos derechos a las mujeres, la decisión voluntaria de interrumpir el embarazo y eso será muy importante”.
Adriana Fuentes recordó que sólo cuatro entidades en el país tienen contempladas en sus legislaciones el margen mínimo para garantizar el derecho de las mujeres y que en el caso de Veracruz se establecen medidas de tipo médico para quienes comentan aborto; sin embargo, las acciones son amplias y quedan a consideración del juez por lo que es un tema que debe precisarse.
“En el caso de Veracruz la sanción sigue siendo aplicar medidas de salud, pero es muy amplio y deja al criterio de un juez el imponerlas, entonces es como analizar caso por caso y en algún momento contra ese tipo de sanciones se podría volver a legislar”.
La activista no descartó que la resolución de la Corte pueda incluso dar pie a que el tiempo para acceder a la interrupción del embarazo pueda ampliarse hasta las 20 semanas de gestación.
“Conforme la ciencia avance puede ampliarse en algún momento el plazo, por ejemplo en Argentina se permite la interrupción hasta la semana 14, y hay otros países en donde se permite hasta las 20 semanas. La Corte no señala el plazo mínimo para darle libertad a los legisladores para ver los parámetros”.
Además, indicó que a Veracruz le falta analizar el aborto forzado y cómo se sanciona a las personas que con la voluntad de las mujeres la asisten, como un médico porque señala que aunque la sanción debería ser similar al impuesto a las mujeres, a ellos les dan una sanción mayor.
“Se debe sancionar a la persona que obligue a una mujer a abortar, pero tiene que ser muy preciso. Y de manera general la Corte está reconociendo que el tipo penal en este caso de Coahuila están reproduciendo estereotipos de maternidad, porque es pensar que mujer es igual a madre, igual a embarazo y no como una libertad”.
AVC/Perla Sandoval