Después de 14 horas de sesión, la madrugada de este jueves, 2 de septiembre, la Cámara de Diputados aprobó la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, con 266 voto a favor, 205 en contra y cero abstenciones.
Sobre el procedimiento de Juicio Político, el ordenamiento legal especifica que sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que la persona servidora pública desempeñe su empleo, cargo o comisión y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.
Asimismo, indica que si la resolución dictada en el Juicio Político es condenatoria, se sancionará a la persona servidora pública con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público desde diez hasta treinta años.
En la sesión ordinaria, continúa la discusión en lo particular del proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.https://t.co/ckE9nM3BUL
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) September 2, 2021
Precisa también que cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad, podrá formular por escrito denuncia contra una de las personas servidora pública ante la Cámara de Diputados.
Sobre la Declaración de Procedencia, el documento refiere que sólo podrá ser instaurado previa solicitud que presente el Ministerio Público ante la Cámara de Diputados, cuando se encuentren debidamente cumplidos los requisitos procedimentales para el ejercicio de la acción penal en contra de alguna de las personas servidoras públicas mencionadas en el artículo 111 de la Constitución.
Señala que corresponde a la Cámara de Diputados sustanciar el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano instructor y de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia.
Añade que si la Cámara de Diputados declara por mayoría absoluta de sus miembros presentes en la sesión que ha lugar a proceder contra la persona imputada, ésta quedará inmediatamente separada de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes para que actúen con arreglo a la ley.
Ya son buenos días porque aprobamos la Ley Federal de #JuicioPolítico y Declaración de Procedencia. Aunque la oposición extendió la discusión, lo logramos. ¡Un paso más de la #4T en contra de la impunidad que era lo que gobernaba en las administraciones anteriores! pic.twitter.com/2TM5EQuTuT
— Ignacio Mier Velazco (@NachoMierV) September 2, 2021
En el caso de que la Cámara declare, por igual mayoría, que no ha lugar a proceder penalmente a la persona imputada, no habrá lugar a procedimiento ulterior, pero tal declaración no será obstáculo para que el procedimiento penal inicie o continúe su curso cuando la persona servidora pública haya concluido el desempeño de su empleo, cargo o comisión, pues la misma no prejuzga sobre los fundamentos de la imputación.
¡Nunca más políticos y funcionarios públicos corruptos en el trono de la impunidad y los privilegios! En una intensa jornada aprobamos la Ley Federal de Juicio Político y Declaratoria de Procedencia para que los que desobedecen la justicia paguen por ello. #BuenDía para todos. pic.twitter.com/MIRDPOM9bo
— Yadira Marcos (@YadiraMarcosSin) September 2, 2021
En cuanto a la responsabilidad penal del presidente de la República, la ley indica que durante el tiempo de su encargo podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano.
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