Luego del golpe que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les acaba de asestar a los diputados de MORENA y a sus aliados en la LXV Legislatura del estado, al declarar fundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la oposición en contra del Decreto 576 sobre la reforma electoral que pretendía blindar al gobernador Cuitláhuac García para evadir en 2022 la consulta popular de revocación de mandato, recortaba prerrogativas a los partidos políticos, reducía plazos electorales y desaparecía los Consejos Municipales del OPLE, el soberbio presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso local, Juan Javier Gómez Cazarín, y sus cómplices deberían estar atentos a lo que la Corte está por resolver también el miércoles próximo relativo al incidente de inejecución de sentencia 2/2020, que fue iniciado por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en contra de los legisladores del estado de Nuevo León.
Y es que la SCJN agendó para ese día el proyecto judicial para destituir a los 42 diputados del Congreso neoleonés, aprobado por unanimidad el pasado 13 de agosto por los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que pretenden sancionar a los legisladores norteños por incumplir hasta en ocho ocasiones la resolución que ordenaba la restitución del magistrado Ángel Mario García.
En medio de diferentes posturas sobre quiénes deben ser sancionados, si el Pleno del Legislativo o solamente los que votaron contra la ratificación, los magistrados aclararon que la propuesta es que sea a todos los legisladores “por incumplir injustificadamente la sentencia de amparo indirecto 1044/2017 del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa”, dice la resolución que fue hecha pública el jueves 17 de septiembre pasado por el Tribunal, dando paso a su envío a la Corte.
El Tribunal señaló que los diputados neoleoneses incurrieron en evasivas o procedimientos ilegales para no dar cumplimiento a la sentencia que ordenaba ratificar al magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Dos años y ocho meses después de la primera negativa, el Congreso local ratificó al magistrado García el 24 de agosto, después de que el Colegiado acordó pedir la destitución de todos los legisladores.
En Veracruz, como se sabe, Gómez Cazarín y compañía también siguen oponiéndose a la reinstalación de los magistrados Marco Antonio Lezama Moo y Roberto Dorantes Romero, los cuales impugnaron su retiro forzoso por haber cumplido los 70 años de edad y no han podido reincorporarse al Tribunal Superior de Justicia del Estado a pesar de los amparos concedidos por el Poder Judicial de la Federación.
Igualmente incurrieron en desacato al no reinstalar al munícipe panista de Actopan, José Paulino Domínguez Sánchez, desaforado en marzo pasado. Y tampoco han procedido a que el suplente Alfredo López Carreto asuma la presidencia municipal.
Especialistas en la materia afirman que después de la reforma de 2011 a la Ley de Amparo, todos los procedimientos de inejecución, con independencia de que hayan cumplido con posterioridad, prevén sanciones.
Ratifican a dirigente de Morena
Por cierto, este mismo lunes el grupo político del diputado Juan Javier Gómez Cazarín recibió otro duro golpe al resolver la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de MORENA un recurso de queja a favor de la otra facción interna que disputa el control del partido obradorista en Veracruz y que encabeza Gonzalo Vicencio Flores, esposo de la defenestrada ex secretaria de Trabajo, Previsión Social y Productividad, María Guadalupe Argüelles, quien hace siete meses se vio obligada a renunciar luego del escándalo mediático por la detención de su hijo Efrén Rogelio ‘N’, quien a finales de abril fue exhibido porque al momento de ser retenido en un operativo policiaco en Chicontepec presentaba aliento alcohólico y portaba un envoltorio de presunta yerba ilegal.
De acuerdo con el comunicado oficial, la CNHJ resolvió el recurso de queja suscrito por Vicencio Flores en contra de la omisión del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de MORENA de dar aviso a la autoridad administrativa electoral de que se encuentra ejerciendo la calidad de Secretario General en funciones de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Veracruz.
El 9 de noviembre de 2020, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz dictó la sentencia en el expediente TEEV-JDC-573/2020 en la que resolvió reencauzar a este órgano jurisdiccional partidista el medio de impugnación signado por Vicencio Flores y promovido el 2 de septiembre pasado en contra del CEN por una presunta omisión.
Derivado de lo anterior, el día 11 de noviembre del presente año, este órgano jurisdiccional instauró Procedimiento Sancionador Electoral por medio del cual otorgó número de expediente al recurso referido y asimismo solicitó a la autoridad responsable un informe e información relativa al asunto. Como resultado de la revisión de las constancias aportadas, en fecha 19 de los corrientes, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia estimó que el agravio hecho valer por el actor resultó fundado dado que sí existió una solicitud formal del actor por medio de la cual requirió al titular del órgano ejecutivo nacional a fin de que comunicara al Instituto Nacional Electoral (INE) los cambios suscitados al interior del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Veracruz, y que, al no haber recaído respuesta sobre dicha solicitud se configuraba una omisión de la autoridad de satisfacer el derecho de petición del actor.
En consecuencia, la CNHJ instruyó al Comité Ejecutivo Nacional de MORENA para que, en un pazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, diera respuesta al actor respecto del oficio signado por él e identificado como Oficio CEE/VER/SG/51/2020 de fecha 20 de agosto de 2020.