El proyecto que discutirá la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre el amparo en revisión 636/2019, es un avance para Veracruz en materia de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), pero al mismo tiempo atenta contra mecanismos como la Alerta de Violencia de Género, señaló en un pronunciamiento la organización Equifonía AC.
La organización defensora de los derechos de las mujeres quien presentó la AVG por agravio comparado para Veracruz en 2016, alertó que la discusión que se realizará este jueves a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara, considera que las recomendaciones y observaciones de los organismos internacionales de derechos humanos no son fuente de derecho.
Equifonía recordó que en marzo del 2017, Veracruz aceptó las recomendaciones hechas por la AVG de agravio comparado, pero el Congreso no cumplió con las recomendaciones de legislar y modificar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para el Estado de Veracruz.
Derivado de esta Omisión Legislativa se presentaron amparos, los cuales fueron concedidos por el Juzgado Decimoctavo de Distrito en Veracruz, para que el Congreso aprobara las reformas al Código penal que se le plantearon. El Congreso se negó nuevamente a cumplir y por ello presentó un recurso de Revisión, mismo en que las partes solicitaron fuera resuelto por la SCJN.
De ser aprobado el proyecto de ministro, se confirmaría que el poder legislativo local debe modificar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para el Estado de Veracruz, por no estar acordes con los instrumentos internacionales, pues son normas discriminatorias y/o constitutivas de violencia contra la mujer y que debieron haber sido reformadas sin dilación por el estado de Veracruz.
También la SCJN, se pronunciaría nuevamente respecto al plazo para acceder a la ILE dentro de las primeras doce semanas, reconociendo que las decisiones respecto en ese situación son parte de la esfera privada de la mujer, es decir solo le compete a ella y no está sujeta a la potestad sancionadora del Estado.
“Sin embargo, dentro del mismo proyecto de resolución, se considera que las recomendaciones y observaciones de los organismos internacionales de derechos humanos no son fuente de derecho, lo que contraviene los principios que se han construido a partir de la reforma constitucional de 2011 sobre control de convencionalidad y bloque de constitucionalidad de los derechos humanos”, señala la organización.
También alerta que es particularmente preocupante que dentro del pronunciamiento se afirme que la figura jurídica de la alerta de violencia de género contra las mujeres, no tiene fuerza vinculante en sus declaratorias, es decir no obliga al Estado a su cumplimiento.
“Cuando uno de los objetivos de acuerdo con la ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, es eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia los derechos humanos de las mujeres”
Resaltaron el trabajo de Equifonía a lo largo de diez años para garantizar el acceso a un aborto seguro y consideraron que aunque el proyecto es un avance en cuanto al acceso a la ILE por las modificaciones al Código Penal de nuestro estado, representa una amenaza al mecanismo de la AVG y a la instancia responsable de su seguimiento, la Conavim.
AVC