A partir de la elección del 2021 los alcaldes, síndicos y regidores podrán repetir en el cargo por otros tres años, siempre y cuando logren el respaldo de los ciudadanos en las urnas.
A diferencia de los diputados que se reeligen hasta por tres períodos consecutivos -12 años-, a los alcaldes se les exige que para poder aparecer nuevamente en la boleta electoral deben aprobar la cuenta pública del primer año de su administración.
En el año 2014, luego de que se modificó la ley a nivel federal, el periodo de las alcaldías pasó de tres a cuatro años; en el mes de mayo los legisladores de la 65 Cámara determinaron volver a reducir el período de los alcaldes a tres años, lo que les da la posibilidad de repetir por otro trienio.
El 7 de julio, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez envió al Congreso local la propuesta para regular cómo se daría la reelección de las autoridades municipales que se haría efectiva, según un transitorio, a partir del 2021.
La propuesta del Ejecutivo, que tendrá que ser dictaminada y votada antes de que termine el presente mes, los alcaldes, regidores y síndicos podrán ser postulados para un segundo periodo por el mismo partido político o por alguno que integre la coalición que los llevó al cargo.
Para ser postulados por otro instituto político o incluso ser independientes, deben renunciar a su militancia a mitad del trienio.
La reforma que incluye cambios al artículo 16 del Código Electoral, determina que todos los partidos deben ponderar la paridad de género en sus candidaturas, es decir, preferentemente deberán postular el 50 por ciento de candidatas mujeres y 50 por ciento de candidatos hombres.
Si un alcalde, síndico o regidor, que llegó por la vía independiente quiere ser respaldado por un partido político, puede hacerlo, sólo tendrá que comprobar su afiliación a dicho instituto antes de la mitad de su mandato.
En la actualidad en Veracruz solo hay tres alcaldes independientes: el de San Andrés Tuxtla, Octavio Pérez Garay; Tlacotalpan, Christian Romero Pérez; y Coahuitlán, Isaac García Álvarez.
Para que un funcionario municipal pueda participar en el proceso interno de su partido, para repetir candidatura, deberá contar con licencia temporal desde el periodo de precampaña -febrero a marzo- y durante la campaña -de abril a mayo-. Una vez concluida la jornada electoral podrán regresar a trabajar hasta diciembre, mes en la que concluye el trienio.
Los candados
Para ser reelectos deberán buscar la postulación por el mismo municipio, “y deberán contar con la liberación de sus cuentas públicas del primer año”, es decir, los diputados tendrán que aprobar el manejo financiero de la demarcación.
Los que participen en el proceso de elección no podrán rendir informe de labores ni realizar difusión, tampoco podrán asistir a eventos públicos o privados relacionados con programas sociales o inauguración de obras públicas y no podrán hacer uso de recursos humanos o materiales del municipio.
Los síndicos y regidores podrán ser postulados como candidato a presidente municipal, sin que se asuma como reelección; y los alcaldes podrán buscar una candidatura como síndico o regidor para el nuevo trienio.
La reforma pide que los candidatos de cada fórmula sean del mismo género y determina que se tendrá que aplicar la alternancia de género, es decir, después de una mujer se tendrá que registrar un par hombre, o viceversa.
Y establece que para la asignación de regidurías se tendrá que respetar el orden de registro de los partidos políticos, lo que va a incidir en la paridad de género en la integración de los cabildos.
AVC/Isabel Ortega