Según la Secretaría de Salud Federal son actividades esenciales que se tendrán que retomar a partir de este ‘1 de junio la recaudación fiscal, la operación de guardería y estancias infantiles y asilos o estancias para personas adultas mayores, así como refugios para mujeres víctima de violencia.
Este viernes se publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la reapertura de actividades económicas a partir del próximo lunes, a través de semáforos de riesgo epidemiológico que se tendrá que actualizar cada semana en cada municipio.
La intención es determinar el nivel de alerta sanitaria y definirá que tipo de actividades están autorizadas para llevarse a cabo en el ámbito económico, laboral, escolar y social y se regularán a través de alertas, máximo, alto medio y bajo.
En esta etapa todas las empresas podrán reiniciar operaciones siempre que implementen lo establecido en los presentes lineamientos y atiendan lo establecido en el semáforo de riesgo epidemiológico, por lo que no será necesario contar con una autorización previa. Para el caso de las empresas esenciales, éstas deberán llevar a cabo obligatoriamente su mecanismo de autoevaluación en línea.
Para el caso de los centros de trabajo de los sectores de la construcción, minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte que hubieran realizado su autoevaluación durante el periodo comprendido del 18 al 31 de mayo, y que cuenten con la aprobación del IMSS, no será necesario que realicen de nueva cuenta su autoevaluación.
Las actividades que se consideran esenciales para iniciar desde este lunes son: rama médica, paramédica, administrativa y en apoyo al Sistema Nacional de Salud; el farmacéutico para la elaboración y distribución de fármaco; así como la manufactura de equipo médico y tecnologías para el sector salud.
Además de quienes se encargan de la disposición adecuada de residuos peligrosos-biológicos infecciosos; limpieza y desinfección de unidades médicas; todo lo relacionado con actividades de seguridad pública y protección ciudadana.
También se podrán reanudar actividades legislativas, financieras, de recaudación tributaria, de distribución de energéticos, gasolinas y gas; así como de generación y distribución de agua potable.
Además, la industria de alimentos y bebidos no alcohólicas, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte, pasajeros y carga; producción agrícola, pesquera, pecuaria, agroindustria; productos de limpieza; ferreterías; servicios de mensajería.
Así como guarderías y estancias infantiles; asilo y estancias para personas adultas mayores; refugio y centros de atención a mujeres víctimas de violencia; telecomunicaciones; servicios privados de emergencia; servicios funerarios y de inhumación; logística de aeropuertos, puertos y ferrocarriles, y los relacionados con la entrega de programas sociales.
AVC/Isabel Ortega