El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió el recurso de apelación TEV-RAP 7/2019, promovido por el Partido Revolucionario Institucional, a fin de impugnar la omisión del pago del referido órgano administrativo electoral, en relación a la ministración del mes de abril, correspondiente al financiamiento público ordinario y para el desarrollo de actividades específicas.
Se declaró infundado la omisión del pago a la ministración del mes de abril, debido a que de las constancias que obran en el expediente ya se efectuó dicha erogación.
Por otra parte, el OPLEV no acreditó que SEFIPLAN haya realizado los depósitos de forma extemporánea, de conformidad a las cargas probatorias que establece el código electoral, por tanto, lo conducente fue conminar el Consejo General, para que realizara las gestiones necesarias con la Secretaria de Finanzas y Planeación y puedan realizarse las erogaciones como lo establece la norma, y con ello se ajuste al principio de legalidad.
Por lo tanto, se declaró infundada la omisión del Consejo General del Organismo Público Electoral de Veracruz de otorgarle el pago correspondiente al mes de abril respecto al financiamiento público ordinario y para el desarrollo de actividades específicas.
El Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró fundados los agravios relativo a la omisión de los Ayuntamientos de Chicontepec, Ixhuacán, Altotonga, Emiliano Zapata y Alto Lucero, de otorgar una remuneración proporcional a las responsabilidades como servidor público auxiliares.
Por lo que tienen derecho de recibir una remuneración por el desempeño de su actividad de Agentes y Subagentes municipales de las distintas comunidades de los ayuntamientos en mención.
El TEV acreditó que, en el presupuesto de egresos de 2019, de los cabildos de los ayuntamientos responsables fueron omisos en establecer una partida presupuestal para el pago de los Agentes y Subagentes municipales, por lo que se determinó que los Ayuntamientos deben realizar un análisis presupuestal que permita formular ante el cabildo la propuesta de modificación al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve.
Asimismo, se vinculó al Congreso del Estado de Veracruz, para que, con base en la modificación, y conforme a sus atribuciones, determine lo conducente.