A nombre de los diputados de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), la legisladora Erika Ayala Ríos, presentó ante al Pleno de la LXV Legislatura del Estado, y durante la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, una Iniciativa de Decreto que reforma el Artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
Por sus funciones, afirmó Ayala Ríos, queda de manifiesto la importancia de los Agentes y Subagentes Municipales para el desarrollo de la vida social, la gobernanza y la vigencia del estado de derecho. No obstante, en la realidad de algunos municipios del Estado existen y subsisten problemáticas en torno a esta importante figura, razón por la que es necesario perfeccionar la ley a fin de dar solución a dichas demandas sociales.
Uno de los problemas más graves, agregó la diputada del PRI, y que se han presentado en todos los rincones de la geografía veracruzana atiende, en la gran mayoría de los casos, a la falta de pago a dichos servidores públicos que ha caracterizado sistemáticamente a las administraciones municipales desde sus comienzos.
A pesar de su relevante función, añadió, la naturaleza del cargo, así como las disposiciones que en esa materia existen, tanto a nivel federal como local, los Agentes y Subagentes Municipales siguen sin recibir una remuneración adecuada a su labor, por lo que se plantea atender dicha situación y se incorpore, al texto de la ley, la obligación por parte de los Ayuntamientos de fijar, en sus presupuestos de egresos, la retribución que corresponda a dichos funcionarios públicos.
A partir de estas coordenadas normativas pueden entenderse las reglas específicas que articulan la función de los Agentes y Subagentes Municipales en la entidad, los que son servidores públicos, auxiliares del Ayuntamiento, elegidos popularmente; y en su carácter de servidores públicos, tienen derecho a recibir una remuneración, de conformidad con los artículos 127, del pacto federal y 82, de la Constitución Política local.
La diputada Erika Ayala refirió que en la actualidad la Ley Orgánica del Municipio Libre no establece expresamente, en alguno de sus preceptos, el derecho de los citados servidores públicos a recibir una remuneración y las características para presupuestarlo.
Por lo anterior plantean, es necesario se reforme el artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para que se reconozca, en primer lugar, el derecho de Agentes y Subagentes Municipales a recibir una remuneración.
La propuesta de la legisladora quedaría como sigue: Artículo 61. Los Agentes y Subagentes Municipales son servidores públicos que funcionarán en sus respectivas demarcaciones como auxiliares de los Ayuntamientos. Recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, y la cual se fijará en el presupuesto de egresos del Municipio, atendiendo a los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público.
Finalmente, y como elemento clave para evitar la intromisión injustificada a la autonomía municipal, proponen los legisladores integrantes del Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM, que la determinación precisa del monto a otorgar a los servidores públicos sea facultad exclusiva de los entes municipales, para lo cual deberán fijarlo en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal correspondiente.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.