Cd. de México.- Una juez federal negó a Moisés Mansur Cysneiros, señalado como el principal prestanombres de Javier Duarte, el amparo contra la orden de aprehensión librada en su contra por una presunta defraudación fiscal de 2 millones 170 mil 97 pesos, cometida en 2012.
María Catalina De la Rosa Ortega, Juez Noveno de Distrito de Amparo en la Ciudad de México, rechazó otorgarle la protección de la justicia y cancelar el mandato de captura, al estimar que este último se basa en datos de pruebas idóneos, pertinentes y suficientes para establecer la existencia del hecho delictuoso.
«En cuanto al aspecto de la motivación, está satisfecho en la orden de aprehensión impugnada, pues se hizo en razón del artículo 16 de la Constitución, además contiene los razonamientos lógico jurídicos que permiten concluir que de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público, se desprenden datos de prueba que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito, en el caso, defraudación fiscal equiparada», resolvió.
De la Rosa sostiene en su sentencia que también se acredita la probabilidad de que Mansur cometió el ilícito, ya que no hay un motivo que extinga o excluya el delito, el cual coincide en lugar, tiempo y circunstancias que le imputan.
El empresario planteó como principal argumento de defensa en su amparo la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que carece de valor probatorio la información bancaria obtenida sin orden judicial.
Afirmó que la Fiscalía General de la República (antes PGR) violó el secreto bancario al conseguir su información financiera, en la que se basa la orden de aprehensión librada en su contra el 10 de noviembre de 2016.
Sin embargo, la juzgadora rechazó su argumento, en virtud que el juez de control federal de Querétaro que libró su captura no tuvo acceso a las constancias ministeriales a la hora de autorizar la aprehensión y, por tanto, no cuenta con esa documentación.
De hecho, precisó que la valoración directa de los registros o datos de prueba de la carpeta de investigación son parte de las cuestiones que deben dirimirse ante el juez de la causa y, eventualmente, en un proceso.
Este caso contra Mansur deriva de que en el año fiscal 2012 reportó al Servicio de Administración Tributaria un total de 10 millones 578 mil 263 pesos por concepto de ingresos acumulables.
Sin embargo, la autoridad hacendaria sostuvo que en realidad sus ingresos fueron 17 millones 959 mil 233 pesos y que omitió declarar 7 millones 380 mil 970 pesos, ocasionando un perjuicio al fisco federal de 2 millones 170 mil 97 pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).
El delito que le imputan es penado con 3 a 9 años de prisión, aunque el sistema de justicia oral permite a los imputados llevar su proceso en libertad.
Además de esta acusación, Mansur tiene por lo menos otras dos órdenes de aprehensión, una de ellas también por una defraudación fiscal de 12 millones 456 mil 918 pesos en el ejercicio fiscal 2014, la cual ordenó un juez de control de Querétaro.
El otro mandamiento de captura es por delincuencia organizada y lavado de dinero, en el mismo asunto donde Javier Duarte ya fue condenado a 9 años de prisión.
Mansur huyó de México desde hace casi tres años y desde entonces se instaló en Vancouver, Canadá, país donde solicitó el asilo político.
Con información de Reforma