Ciudad de México, Ver.- Un tribunal colegiado de Ciudad de México solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer el caso de Eirinet Gómez, corresponsal de La Jornada en Veracruz, quien se amparó para que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordene a la Policía Federal (PF) entregar una versión pública, en la cual se den a conocer los datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en el estado de Veracruz.
Se solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación tenga a bien determinar acerca de la facultad de atracción que se plantea en el expediente; en consecuencia, remítanse a ese alto tribunal los autos del recurso de revisión en que se actúa, el juicio de amparo origen y el tomo de pruebas, señala el expediente 192/2018.
Por unanimidad de votos de los magistrados del vigésimo primer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, Carlos Alberto Zerpa Durán (presidente), Guillermina Coutiño Mata y María Alejandra de León González, solicitaron que sea el máximo tribunal del país el que intervenga para determinar las facultades del Inai en este caso particular.
Resolución de relevancia
El órgano colegiado consideró que la solución del presente asunto es de relevancia, ya que la ponderación de derechos fundamentales que implica tiene que traducirse en un contexto de referencia que sea aplicable en la solución de asuntos similares, en que deba velarse por la debida impartición de justicia.
“En el presente caso, este órgano jurisdiccional estima que se actualizan los requisitos necesarios para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación su facultad de atracción, pues la cuestión que involucra el tema en este amparo en revisión se considera trascendente ya que involucra el tema relativo a la facultad con que cuenta el Inai para pronunciarse de prima facie (a primera vista) en materia de acceso a la información respecto de si los hechos que constan en las averiguaciones previas son constitutivos de violaciones graves a derechos humanos o delitos contra la humanidad”.
Los impartidores de justicia estimaron que el asunto es de interés y trascendencia, pues el problema jurídico que debe dilucidarse es excepcional, esto es, por su relevancia y novedad se distingue de la generalidad de los demás juicios de amparo que ordinariamente deben ser del conocimiento de los tribunales colegiados.
Avc