El Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) se deslindó de la “limpieza” al monto observado como posible daño patrimonial de la cuenta pública 2017, al notificar que su responsabilidad en el proceso de fiscalización concluye al momento de entregar el resultado de las auditorías a la Comisión de Vigilancia de la Cámara en turno.
En un comunicado oficial, prácticamente se respalda la postura del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), que criticó a los integrantes de la comisión de Vigilancia de la LXIV Legislatura, que cambió el resultado de las auditorías, y en consecuencia, el monto observado en el manejo de los recursos públicos.
El documento establece que se desconoce el sustento documental y jurídico por el cual se dieron por solventadas las observaciones de probable daño patrimonial, y posibles faltas administrativas graves de algunos entes municipales y estatales.
Como parte de la aprobación del dictamen de la Cuenta Pública del año 2017, la comisión de Vigilancia del Congreso local solventó el manejo de recursos públicos de más de 40 ayuntamientos, y deslindó de responsabilidad al senador y extitular de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP), Julen Rementeria, quien asignó obra pública a los panistas José Mancha y la diputada local Monserrat Ortega.
El boletín aclara que de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, el procedimiento de Fiscalización Superior inicia con la notificación de la orden de auditoría a los entes fiscalizables y concluye con la entrega de los Informes Individuales y el Informe General Ejecutivo al Congreso del Estado.
El resto del trabajo lo hace la Comisión Permanente de Vigilancia, quien de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, es la responsable de realizar el análisis de los Informes Individuales y del Informe General Ejecutivo emitir el Dictamen correspondiente.
“Respecto a las diferencias existentes entre lo publicado en el Decreto 784 y los informes individuales que fueron presentados a la Comisión Permanente de Vigilancia, los cuales son públicos, el ORFIS no tuvo participación alguna en los acuerdos tomados en el interior de la Comisión Permanente de Vigilancia, y por consiguiente desconoce el sustento documental y jurídico por el cual se dio por solventadas las observaciones de probable daño patrimonial y posibles faltas administrativas graves de algunos entes municipales y estatales”, se argumenta en el boletín.
El Órgano de Fiscalización Superior, es la instancia técnica del Congreso del Estado para fiscalizar las Cuentas Públicas, siendo facultad exclusiva de la Legislatura Local, en términos de lo dispuesto por el artículo 33 fracción XXIX de la Constitución, la revisión de las Cuentas Públicas.
Isabel Ortega/Avc