Pacho Viejo, Mpio. de Coatepec.- La jueza de control, Alma Aleida Sosa Jiménez dijo al ex fiscal general de Veracruz, Luis Ángel «N», «No me tiembla la mano para emitir esta resolución» durante la audiencia de sobreseimiento de delitos vinculados con desaparición forzada, solicitada por el abogado defensor.

La jueza de control desechó la solicitud de sobreseimiento de vinculación a proceso, porque «el sobreseimiento es equiparable a una sentencia absolutoria y sigue siendo delito de desaparición forzada al no existir argumentos técnicos con razonamientos y al no ser el momento procesal».

Este martes se celebró la audiencia de sobreseimiento de delitos vinculados con desaparición forzada, en la sala de juicios orales 3, solicitada por Luis Ángel «N» y la ex directora de Investigaciones Ministeriales, María del Rosario «N».

Con la resolución de la jueza de control, Luis Ángel «N» y María del Rosario «N» continuarán en el penal de Pacho Viejo vinculados a proceso, el primero con prisión preventiva oficiosa y la segunda con prisión preventiva justificada.

Esta audiencia, la solicitó el abogado defensor para exponer que el 04 de septiembre del 2018 se publicó en la Gaceta Oficial que el decreto 678 derogaba el capítulo segundo tercero, título XVII del Código Penal del estado de Veracruz.

Y entre los artículos que derogaba, está entre ellos el 318 quinquies, que es el que inculpa a Luis Ángel y María del Rosario que son los delitos vinculados con delitos de desaparición forzada.

«El 318 señala que sin ser autor o participe entorpezca una investigación que es la hipótesis que le señalaban a ellos, pero no haber cometido desaparición forzada y con la entrada en vigor de la ley general de desaparición, el congreso se ve obligado a emitir este decreto que derogaba todos estos artículos» explicó.

El abogado refirió que este decreto de derogar los delitos vinculados con desaparición forzada entraba en vigor el 04 de octubre, motivo por el cual solicitaron el sobreseimiento de la vinculación a proceso de Luis Ángel «N» y María del Rosario «N».

«Solicitamos el sobreseimiento porque el articulo esta derogado y el 327 del Código Nacional en la Fracción Séptima señala que por ser el sobreseimiento tiene el efecto de sentencia absolutoria» explicó.

Relató que solicitaron el sobreseimiento del proceso el lunes 24 de septiembre a través de un escrito ante el juzgado, pero el jueves 27 de septiembre la diputada María Josefina Gamboa presentó un dictamen de proyecto para dar marcha atrás a la derogación de estos artículos.

«Se presenta el 27 de septiembre, el mismo 27 se somete a aprobación en el congreso local y se publica el mismo 27 en la Gaceta Oficial del Estado, le podemos llamar el decreto Luis Ángel Bravo, para mantener que mi cliente siga privado de la libertad» expuso.

Explicó que en términos del artículo 173 en relación con el artículo 73, fracción primera de la Constitución Política de México y en base al principio de supremacía constitucional, prevalecen las leyes generales sobre este tipo de decretos, porque el estado no está facultado para legislar en materia de desaparición forzada.

«Lo que hacen ellos es dar marcha atrás a este decreto con la derogación de la ley que entraba en vigor y ellos dicen, vuelve a tener vigencia los artículos contemplados en el 318. Sí, pero la Constitución dice que es facultad del congreso de la Unión legislar en materia de desaparición forzada, no de los estados», finalizó.

Verónica Huerta/Avc