Magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF), determinaron revocar la constancia de mayoría a Daniela Griego Ceballos, quien ganó la diputación federal del Estado de Veracruz, por no reunir los requisitos que establece la Constitución federal. Se mantiene el triunfo de Morena en el distrito, la diputación la deberá asumir su suplente.
La ley establece que nadie que se haya desempeñado como Consejero del INE, tres años antes de la elección, no podrá ser postulado por un partido político para representante federal.
Griego Ceballos se desempeñó como consejera hasta julio del 2015, por lo que no podría participar en la elección.
El magistrado Adín Antonio de León Gálvez, ponente del caso, recordó que en el 2016 se cuestionó su elegibilidad de la diputada local, pero el Tribunal Electoral, desechó el juicio al señalar que la Constitución de Veracruz no impone limitantes para ser postulada.
En cambio, la ley federal si establece esa prohibición, “en términos del artículo 55 se establecen requisitos para quien aspire a ser diputado federal que debe cumplir, hay requisitos positivos y negativos, uno de ellos es que un exconsejero no puede participar, para garantizar la equidad de la contienda.
“Se prevé que en los tres niveles de competencia deben de separarse con tres años a la fecha de la elección” dijo y recordó que la fecha límite era dejar el INE en julio del 2014, pero se mantuvo un año más en la consejería.
“Y de las constancias del expediente se advierte que Daniela Griego no se separó del cargo, ella se desempeñaba como consejera y como consecuencia de ello se encuentra en la hipótesis, se debió haber separado”, reiteró.
Avc