Que no haya perdón al agresor y a quien reincida se aumente las sanciones
La LXIV legislatura de Veracruz aprobó este jueves la iniciativa con proyecto de decreto presentada por el diputado independiente Sergio Rodríguez Cortés, a través de la cual se adiciona un párrafo al artículo 154 Bis del Código Penal para el Estado, con la finalidad de que en situaciones de violencia intrafamiliar este delito deba perseguirse de oficio, sin distinción en la edad de la víctima.
Rodríguez Cortes destacó que los miembros de una familia gozan de todos los derechos fundamentales entre ellos el de vivir una vida libre de violencia, algo que con pena hasta hoy no ha sido posible desalentar y erradicar, por lo que dijo se trata de un problema social complejo que muchos hogares mexicanos siguen padeciendo.
El legislador señaló que atender oportunamente las causas que generan los conflictos permitirá evitar que más eventos de violencia se lleven a cabo, con el consiguiente beneficio para toda la sociedad.
“El maltrato se presenta muchas veces como un espiral creciente de violencia que se alimenta ante la pasividad o inadecuada respuesta de los organismos competentes, tanto judiciales como policiales, por lo que los efectos de la Ley Penal para cortar ese espiral, son enormemente importantes. La idea es desalentar al infractor, evitar la recurrencia y sancionar la conducta reiterativa”, apuntó.
Asimismo, establece que el delito de violencia familiar no debería considerarse como una acción agravante de otro delito, sino como una conducta típica, antijurídica y culpable, independiente, que transgrede diversos bienes jurídicos tutelados por la norma vigente, como son la seguridad de la familia y la integridad personal de los individuos que la integran.
Por lo anterior, el citado párrafo queda de la siguiente manera:
“A quién hubiese sido sancionado por este delito y reincidiera en el mismo, el juez que haya conocido del asunto, evaluando las circunstancias del caso concreto y de considerar que es repetitiva la conducta infractora, podrá elevar las sanciones corporales hasta el doble; asimismo, podrá imponer si lo considera pertinente, previa solicitud del agraviado, trabajo comunitario a favor de otras víctimas de este delito. Este delito se perseguirá de oficio sea cual fuere el medio o el sujeto que formule la denuncia”.
Con ello se logra que no haya perdón al agresor de los integrantes de una familia y a quien reincida se aumente las sanciones.