El Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) recurrió el amparo que un juez cuarto de distrito en materia administrativa en Ciudad de México concedió a Eirinet Gómez, corresponsal de La Jornada, para que el Instituto ordene a la Policía Federal entregue una versión pública con datos, cifras y estadísticas de las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en Veracruz.
En el recurso que interpuso, el INAI defendió el haber reservado información relacionada con fosas clandestinas, a pesar de que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información considera que los hechos posiblemente constitutivos de graves violaciones a derechos humanos carecen del carácter de información reservada. Y en ese sentido, argumentó que si bien la Ley habla de que no se puede reservar información relacionada con violaciones graves de derechos humanos, “esto no quiere decir que el Instituto cuente con facultades para determinar si se ha actualizado la hipótesis antes descritas, ni quienes serán responsables”. Dijo que a la fecha de la resolución impugnada en el amparo 1232/17, no contaba con un pronunciamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, sobre violaciones graves a derechos humanos en el caso de las fosas de colinas de Santa Fe. “El hecho de que existan indicios de la comisión de un delito, no implica que se haya cometido una violación grave a los derechos humanos”, expuso el INAI. INAI trasgrede el derecho a la informaciónLa abogada Adriana Fuentes, integrante de Equifonía, AC una organización promotora de derechos humanos de las mujeres y quien asesora legalmente a La Jornada, dijo que al recurrir el amparo otorgado por el juez, “el INAI continua transgrediendo el derecho al acceso la información que tienen los ciudadano a tener una correcta ponderación de derechos”. “El INAI es una autoridad, y se puede allegar de los recursos para hacer una correcta valoración de derechos, ¿Apoco no pudo obtener la documentación para formular adecuadamente sus argumentos?, ¿Acaso al hecho de encontrar los indicios que mueve a todo el aparato del estado, no ve una grave violación a derechos humanos?” A finales de marzo, el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó el amparo 1232/2017 a La Jornada, por considerar que no se actualizaban los criterios presentados por el INAI, al resolver el recurso de revisión RRA3310/17, en donde reservó por cinco años la información solicitada. La entonces consejera presidenta del INAI, Ximena Puente de la Mora, -ahora incluida en la lista de candidatos plurinominales a la Cámara de Diputados por el PRI- conoció el RRA 3310/17. En este recurso se apelaba la postura de la Policía Federal de reservar la información relativa a los indicios localizados en Colinas de Santa Fe, el cementerio clandestino más grande del país (y de América Latina) que se gestó durante el gobierno del priísta Javier Duarte –hoy preso en el reclusorio norte. Al resolver el recurso de revisión, el 23 de agosto del 2017, la ponente Ximena Puente planteó, que “la divulgación de la información sí podría impedir u obstruir las funciones que ejerce el Ministerio Público durante la etapa de investigación, puesto que la información solicitada configura los elementos de prueba que serán valorados en una investigación ministerial en trámite”. Y concluyó que la reserva de la información representaba el medio menos restrictivo para evitar alguna injerencia a la averiguación previa, “puesto que con ello se evita entorpecer la prevención y persecución de los delitos”. El INAI instruyó a la Policía Federal que reservara la información por cinco años, con la posibilidad legal de ampliar el plazo por cinco años más. La determinación no satisfizo a La Jornada, y se tramitó el amparo 1232 ante los juzgados administrativos en la ciudad de México. Al resolver el amparo 1232, el juez Gómez Fierro planteó que en la resolución del RRA 3310/17, el INAI no tomó en cuenta ni hizo referencia “a la relevancia y trascendencia social del fenómeno relativo al descubrimiento de fosas clandestinas, que en palabras de la Comisión Nacional de Derechos Humanos está en aumento en todo el país, destacando en los primero lugares, el estado de Veracruz”. “El instituto no sopesó los intereses en conflicto, en cuanto a la divulgación de la información y respecto de su reserva, ya que únicamente determinó que podría en riesgo la persecución del delito, sin considerar ni ponderar el interés en la publicación de la información”. De acuerdo con el juez, “el instituto debió poner en contexto el origen de la información solicitada y la importancia de conocer cifras y estadísticas que permitan a la sociedad civil, así como organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, conocer la dimensión del problema, realizar los análisis correspondientes para diagnosticarlo y solucionarlo y abonar a la transparencia sobre este fenómeno”. En sus valoraciones, el juez dijo que el INAI no acreditó que la divulgación de la información numérica y estadística solicitada, represente un riesgo real de perjuicio al interés público. “La información numérica se desvincula de los servidores públicos relacionados con la investigación, no se revelarán los nombres de los servidores públicos relacionados con la persecución del delito y tampoco se entregarán datos sobre las líneas de investigación o que permita identificar a las víctimas y responsables. Y estimó que “el hecho de que la información se encuentre inmersa en una investigación ministerial, no demuestra que su difusión impida u obstruya las funciones que ejerce el Ministerio Público durante la indagación o en ejercicio de la acción penal ante los tribunales judiciales”. Por estas consideraciones, el juez cuarto de distrito en materia administrativa en Ciudad de México concedió la protección de la justicia a La Jornada, y pidió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenar a la Policía Federal entregar una versión pública con cifras o estadísticas de las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en la entidad.
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AVC