“María” cuyo bebé murió por mala praxis en un hospital público, familiares de policías desaparecidos, la madre de un joven que la Fiscalía nunca buscó y niñas de secundaria acosadas por denunciar al maestro que las trataba de seducir tienen algo en común, no han recibido justicia ni reparación del daño, pese a que la Comisión Estatal de Derechos (CEDH) recomendó el pago a las autoridades.
En Veracruz, obtener una indemnización, la reparación de un daño o compensación como víctima de un delito es una cuestión incierta, aunque lo contempla la Ley de Víctimas vigente no hay presupuesto etiquetado, no existe un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral y las dependencias estatales desconocen estas disposiciones.
La Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas, reconoce que no tiene presupuesto etiquetado y que no ha pagado una sola i indemnización, la Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial desconocen el número de casos y se “echan la bolita” entre ellos.
“Angélica” y “Andrea” (nombres ficticios), fueron acosadas por un maestro en la secundaria donde estudiaron. El sujeto las contactó a través de redes sociales y a partir de entablar conversaciones con ellas las empezó a tocar en la escuela.
Ellas denunciaron junto con sus familias y al docente lo retiraron de clases, sin embargo desde su nuevo puesto azuzó a los compañeros de las niñas para que las acosaran por haberlo denunciado. Esto ocasionó problemas psicológicos a las menores y nuevas denuncias hasta que el agresor fue despedido del plantel, ambas presentaron quejas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que recomendó se les paguen los gastos derivados de la atención psicológica que recibieron.
Entre 2016 y 2017, la Comisión Estatal de Derechos humanos emitió 26 recomendaciones a las Secretarías de Seguridad Pública, Salud, Educación y a la Fiscalía General del Estado enfocadas a pagar indemnizaciones, reparaciones del daño y la cobertura de gastos derivados de la búsqueda de personas desaparecidas por la acción u omisión de dichas dependencias, sin embargo datos oficiales del Gobierno del Estado niegan que existan recursos o pagos en este sentido.
Violaciones a derechos humanos, sin justicia
“María” llegó al hospital Regional de Poza Rica con un sangrado vaginal, un embarazo de 40 semanas y dolores de parto, sin embargo la doctora que la atendió le dijo que eso era “normal” y que el bebé estaba bien, la regresó a su casa. Horas después ella presentó problemas de fiebre, los dolores aumentaron y el sangrado no paraba, regresó al hospital.
Nuevamente en el nosocomio le dijeron que todo iba bien, aunque la doctora no estaba en el hospital pese a que era su turno, los estudios que le hicieron determinaron que las palpitaciones de su bebé eran más de las consideradas en la norma, sin embargo no la atendieron y el producto murió en su vientre, hasta varios días después le practicaron la cesárea para extraer el cuerpo sin vida. Por ello recurrió a presentar la queja que derivó en la recomendación por una indemnización, que no se le ha pagado.
“Susana” busca a su hijo, él desapareció en la zona centro de la entidad, presentó denuncias, sin embargo nadie la ayudó a pesar de que fue a ver a Amadeo Flores Espinoza, entonces Procurador de Justicia del Estado, quien le respondió que esa zona era territorio de un cártel de delincuencia organizada y que no podía hacer nada.
Ella buscó por sus propios medios y presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual emitió una recomendación para sancionar a quienes por acción u omisión no buscaron a su hijo y ordenó la reposición de los recursos gastados en la búsqueda de su hijo.
De las más de 100 recomendaciones que exhibe en su página la Comisión Estatal de Derechos Humanos, de los años 2016, 2017 y 2018, más de 20 instruyen que las personas quejosas sean incluidas en el Registro Estatal de Víctimas, para que se les paguen indemnizaciones, se reparen daños y se cubran los gastos que han realizado en la búsqueda de familiares, tratamientos médicos, psicológicos y otros gastos ante la omisión o acción del personal de diferentes dependencias.
Durante 2016, se emitieron ocho recomendaciones en este sentido, de las cuales dos fueron para Seguridad Pública por detenciones arbitrarias y desaparición forzada, tres para la Fiscalía General del Estado por inacción en la búsqueda de personas desaparecidas y detenciones arbitrarias de parte de sus elementos ministeriales, las otras tres fueron para la Secretaría de Salud, por mala praxis que ocasionaron la muerte de un bebé, una mujer adulta y daños permanentes a un recién nacido.
Con esto se instruía la inclusión de estas personas en el Registro Estatal de Víctimas, para que de ahí se iniciara el pago de dichas indemnizaciones.
En el 2017, se emitieron 18 recomendaciones en las que se contemplaban pagos de reparación del daño, indemnización o recuperación de los gastos hechos por las víctimas o sus familias.
Estos pagos se debieron realizar conforme marca la norma, casi de forma inmediata, pero no hay claridad si se pagaron y en su caso de dónde y bajo qué concepto se entregaron los recursos a las víctimas, pues no existen recursos etiquetados en el presupuesto ni un fondo para tal efecto.
Un Fondo de ayuda y reparación fantasma
En Veracruz existe vigente desde 2014 una Ley de Víctimas, la cual fue sustituida en 2017 por una reforma aprobada en el Congreso. En ambas se contemplaba la creación de un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, el cual debe ser presupuestado y destinado a los pagos a víctimas directas e/o indirectas de acuerdo con Recomendaciones de Derechos Humanos o instrucción del juez, las cuales pueden ser solicitadas por los abogados de las víctimas o la propia Fiscalía.
Sin embargo, al solicitar información de transparencia respecto del número de solicitudes de pago de reparación, restitución, rehabilitación y compensación presentadas a ante la Comisión de Atención de Víctimas, la Fiscalía General del Estado, la Secretaría de Finanzas y el Poder Judicial, las respuestas fueron negativas en todos los casos.
La solicitud que se hizo de manera generalizada a las cuatro instituciones fue conocer el número de procesos iniciados, su estatus, el distrito judicial donde se presentaron y el tipo penal por el que se inició la solicitud de las víctimas para la reparación del daño, medidas de reparación, restitución, rehabilitación y compensación en los años 205, 2016 y 2017.
En el caso de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas, en el oficio CEEAIV/134/2018, niega haber realizado pagos de reparación del daño, pues no cuenta con una partida presupuestal para ello.
La Fiscalía General de Justicia del Estado, responde que el tema le compete directamente a la Comisión Ejecutiva para la Atención Integral a Víctimas del Delito.
Por su parte, la Secretaría de Finanzas y Planeación refirió en su oficio UT/069/2018 respondió que los recursos que gestiona la Comisión Estatal para la Atención Integral de Víctimas se Presupuestan de manera global, en la partida de Subsidios a Entidades.
Sin embargo en el presupuesto no hay etiquetados recursos para el Fondo de Atención a Víctimas que marca la Ley, además de que este año la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas tuvo una reducción presupuestal que pasó de 7 millones en 2017 a 4 millones en 2018 como presupuesto total, monto que se va al pago de sueldos.
La ley que no funciona
La Ley de Víctimas vigente para el Estado de Veracruz, contempla la creación de un fondo, el cual según el artículo 130, “tiene por objeto brindar los recursos de ayuda y la reparación integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones a los derechos humanos, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas.
Este mismo artículo establece que las víctimas pueden acceder de manera subsidiaria al fondo.
Para que el fondo cuente con recursos se establece que el dinero proviene de recursos previstos en el Presupuesto de Egresos del Estado, el producto de la enajenación de los bienes que sean decomisados en procedimientos penales, recursos de finanzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan obligaciones impuestas por la autoridad, el monto de las reparaciones del daño no reclamadas; las aportaciones que a este fin hagan en efectivo o en especie las personas de manera altruista y los propios rendimientos que genere el fondo, entre otros.
Este año, no hubo recursos etiquetados ni en el presupuesto se informa sobre la creación de dicho Fondo.
Dicha ley establece en su artículo 134, que “la Comisión Ejecutiva Estatal deberá emitir las reglas de operación para el funcionamiento del Fondo, las cuales se regirán por lo establecido en esta Ley”.
Es por ello que tanto la Secretaría de Finanzas, como la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas debieron tener conocimiento de los recursos, las solicitudes y el pago a víctimas que hubieran reclamado el recurso.
Al menos de manera pública, se tiene conocimiento del pago de dos indemnizaciones instruidas por recomendaciones de Derechos Humanos, las cuales se hicieron durante 2016, sin embargo ninguna de las instituciones relacionadas con estas recomendaciones, como la Fiscalía General del Estado y la Secretaría de Seguridad Pública, o la Comisión Ejecutiva reportan estos pagos de los cuales incluso se hicieron comunicados oficiales por la Coordinación General de Comunicación Social.
Brisa Gómez/Avc