Bajo el argumento de que tienen mucho trabajo, los consejeros electorales del Organismo Público Local Electoral (OPLE) determinaron prorrogar por ocho meses la verificación anual de las asociaciones políticas, a fin de refrendar o negar el registro estatal.
En la sesión ordinaria se votó el acuerdo en el que se afirmó que dado que se tendrán que realizar los comicios ordinarios y extraordinarios así como la elección federal, se debe retrasar el proceso de validación de permanencia de las asociaciones con registro estatal.
El órgano, de acuerdo a la ley, está obligado a revisar si las asociaciones cumplen con los requisitos en los primeros tres meses del año, sin embargo, el acuerdo establecen que la revisión se realizará en septiembre y se determinó el 15 de diciembre como plazo máximo para votar el acuerdo.
“Es evidente que la organización del proceso electoral extraordinario, y del ordinario concurrente con el federal, imponen una serie de cargas adicionales al OPLE, que materialmente significan un obstáculo para la adecuada realización de la verificación de requisitos para la permanencia de las Asociaciones Políticas. Como organizaciones de ciudadanos susceptibles de obtener registro como partidos políticos estatales, pueden incidir en el desarrollo de los procesos electorales en curso.
“Por lo que, con la finalidad de salvaguardar el pleno respeto a los principios rectores de la función electoral de equidad, imparcialidad y objetividad, se considera pertinente modificar por única ocasión los plazos y términos para la verificación de requisitos para la permanencia de las asociaciones políticas estatales previstos en el artículo 36 de los Lineamientos, para realizarse en el último trimestre de 2018, una vez que hayan concluido los procesos electorales en curso” se argumentó en el documento que se votó por mayoría.
El OPLE tendrá que verificar que las Asociaciones cumplan con los siguientes requisitos: Contar con un mínimo de mil cincuenta afiliados en el Estado, inscritos en el padrón electoral; Contar con un órgano directivo de carácter estatal y delegaciones en, cuando menos, setenta municipios.
Haber efectuado, como grupo u organización, actividades políticas continuas, cuando menos durante los dos últimos años; Sustentar una ideología política definida y encargarse de difundirla; Tener una denominación propia, exenta de alusiones religiosas o raciales, que la distinga de cualquier otra organización política; y Haber definido previamente sus documentos básicos.
AVC/Isabel Ortega