Es difícil escribir una columna de opinión en este momento en el que la atención del país está concentrada en la tragedia que significa el terremono del 19 de septiembre, pero también es una tragedia nacional, quizá de una manera más subrepticia, la del hecho que en tan sólo 2017 han muerto 1055 mujeres por feminicidio en el país, y en Veracruz 200 mujeres han muerto por homicidio en lo que va de este año, de los cuales el 40% aproximadamente tendrían la característica de un feminicidio, es decir 80 casos, de acuerdo al Observatorio Nacional de Feminicidios.
Otra tragedia social más es sin duda el hecho de que en promedio cada día en Veracruz una mujer es violada sexualmente, lo que hace una cifra de aproximadamente 240 casos de violación sexual hasta agosto de este año, de acuerdo a la organización Equifonía, AC.
En Veracruz, desde 2015 más de mil niñas de entre 10 y 14 años han sido madres, la mayoría por violación, ello sin considerar que los embarazos de menores de edad son en estricto sentido violación. La Organización Mundial de la Salud afirma que las complicaciones durante el embarazo y el parto son la segunda causa de muerte entre las muchachas de 15 a19 años en todo el mundo.
Por otro lado, de acuerdo a la estadística oficial, la tasa de muerte materna en Veracruz es de 10.2 % muertes maternas causadas por aborto y 27.1 % por causas obstétricas indirectas (prevenibles).
México cuenta con la NOM 046, para atención en caso de violencia sexual, y obligatoria para todo el sector salud del país, que establece que ya no se necesitan denuncias, autorizaciones ni un plazo máximo para acceder al aborto por violación. Igualmente la Ley General de Víctimas en el artículo 35 y la Ley de Víctimas del Estado de Veracruz en el artículo 33, establecen que “a toda víctimas de violación sexual, o cualquier otra conducta que afecte su integridad física o psicológica, se le garantizará el acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la voluntad por la víctimas”. En el caso de menores de 14 años se necesita solamente el consentimiento del padre o tutor.
A pesar de ello, la legislación penal estatal obstaculiza el acceso a la interrupción del embarazo por violación, por ello la fracción de MORENA presentó una iniciativa para garantizar la salud reproductiva y la vida de las mujeres, para dar seguimiento a la solicitud de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado para Veracruz ante la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), y así garantizar el pleno reconocimiento y ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres. Cabe señalar que el Ejecutivo estatal era quien debía enviar la iniciativa y no lo hizo, por lo que la diputada Carola Viveros la elaboró y presentó.
La reforma contempla que después de la semana 12 de embarazo se considera aborto y no antes (como en la legislación de la Ciudad de México). Se aumenta la causal de salud. Y se eliminan los 90 días en casos de violación.
Como lo señala la Dra. Estela Casado, investigadora de la Universidad Veracruzana, la iniciativa no es para despenalizar el aborto, es para aumentar las causales, es decir, los casos de excepción. El Observatorio Nacional de Feminicidios señaló que el Colegio de Bioética declaró públicamente que “la despenalización del aborto no obliga a realizarlo a quienes están en su contra, sino que simplemente permite una alternativa a las mujeres que consideran que la continuación del embarazo resultaría en un mal mayor que el aborto”.
Este tema tiene dos componentes de trasfondo, el de la problemática de salud pública para las mujeres y el del derecho de cada mujer a decidir sobre su propio cuerpo sin que se le criminalice. Ambos conllevan una gran división social y debate entre diferentes posturas ideológicas y religiosas. Sin embargo, desde mi punto de vista lo que está en juego aquí son los derechos humanos de las personas, en este caso de las mujeres cuando son víctimas de abuso o violación sexual, sobre todo si son menores de edad. En una ponderación de derechos, como se debe hacer hoy en día en cualquier tema de derechos humanos, debe prevalecer siempre y sobre todo el principio fundamental de la dignidad y libertad de la persona.
Por ello, el Congreso está obligado a llevar la reforma al Código Penal en los términos de la iniciativa porque son los términos de la recomendación de la CONAVIM. No hacerlo, es no cumplir y ello basta para que se pueda emitir la Alerta de Género por Agravio Comparado.
El estado de Veracruz deberá acompañar estas adecuaciones legislativas con políticas públicas para que el aborto sea visto como un tema de salud pública y no de política criminal.
Pero no sólo eso, el Estado criminaliza doblemente a las mujeres porque además de que no les garantiza el acceso a la justicia por ser víctimas de un delito como la violación sexual, les está rehusando su derecho a decidir sobre su propio cuerpo cuando está en riesgo su salud o han sido víctimas. En esto último es donde les está violando su dignidad humana.
Veracruz cada vez más se queda rezagado en cumplir los estándares internacionales de los derechos humanos, por lo que es necesario que las normas locales se adecuen a los estándares más altos de protección de estos derechos.