“Lo que le pega más a la población es la pobreza que vive”: Ricardo Ahued Bardauil
¿Conoce usted los principales puntos de la legislación, que una vez que sea promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto, regirá los comicios federales y marcará los criterios a los que tendrán que ajustarse las 32 entidades del país, llamada reforma política?
En este espacio le ofrecemos los más importantes, o los que mayor polémica han levantado.
Inicio del proceso electoral: La reforma político-electoral promulgada en febrero pasado adelantó la fecha de las votaciones de julio a junio. No obstante, hasta esta semana no se había definido si también se adelantaría el inicio formal de los procesos electorales, que estaba fijado en octubre. Para las elecciones de 2015, el comienzo del proceso electoral se mantendrá en octubre próximo «por única ocasión», según las leyes avaladas. Sin embargo, de ahí en adelante este arranque se recorrerá a septiembre del año anterior a unos comicios.
Elección de consejeros locales: La nueva legislación reglamentaria precisa las facultades del árbitro del país en materia de elecciones, el Instituto Nacional Electoral (INE). Una de éstas es nombrar a los consejeros electorales de los institutos electorales de las entidades.
Para ello, el INE tendrá que emitir en cada entidad una convocatoria para los interesados y deberá formar una comisión especial que evalúe a los aspirantes que cumplan con los requisitos (todos los del IEV ya valieron), así como proponer hasta cinco finalistas por vacante. Para que un aspirante sea seleccionado, requerirá los votos de al menos ocho de los 11 consejeros del INE.
Remoción de consejeros locales: El INE también tendrá facultades para remover a los consejeros electorales de las entidades. Podrá hacerlo por siete causas, como tener «conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral» o «tener notoria negligencia, ineptitud o descuido» en el desempeño de sus funciones.
Atracción de elecciones locales: Uno de los puntos de las leyes secundarias que causó más controversia fue en qué casos el INE podrá atraer la organización y realización de elecciones estatales o municipales que, en circunstancias ordinarias, serán responsabilidad del instituto electoral local correspondiente.
Al final, los legisladores acordaron que el INE pueda analizar si atrae una contienda a petición de cuatro de sus consejeros o del instituto electoral de la entidad, siempre y cuando se cumplan alguna de estas dos condiciones: 1) «que existan diversos factores sociales que afecten la paz pública o pongan a la sociedad en grave riesgo» o 2) «que no existan condiciones políticas idóneas, por injerencia o intromisión comprobable de algunos de los poderes públicos en la entidad federativa». Para concretarse, la atracción de una elección tendrá que aprobarse por al menos ocho de los 11 consejeros del INE.
Financiamiento: Otro punto acordado es la modificación al financiamiento que tendrán los partidos. La nueva legislación establece que la principal fuente de recursos de las fuerzas políticas seguirá siendo el dinero público, administrado por el INE y calculado con base en los votos que obtenga cada organización.
Sin embargo, también se determinó que los partidos podrán recibir financiamiento privado en dos modalidades: 1) aportaciones o cuotas de sus militantes y 2) donaciones de simpatizantes que deja abierta la puerta al lavado de dinero.
Prorrateo: Uno de los temas que causó más polémica después de las elecciones presidenciales de 2012 fue el prorrateo, es decir, la manera en la que los partidos distribuyen sus gastos de campaña entre sus distintos candidatos.
Según la oposición, el gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI) usó ese mecanismo para cargar más erogaciones a las campañas de sus candidatos a diputados y senadores, y así evitar que el actual presidente, Enrique Peña Nieto, rebasara el tope establecido. Los priistas niegan haber actuado ilegalmente, aunque ahora accedieron a fijar reglas más claras en la materia.
Con la nueva legislación, las fuerzas políticas ya no podrán distribuir sus gastos como mejor les parezca, sino que tendrán que seguir porcentajes preestablecidos. Por ejemplo, si se reportan las erogaciones de un acto de campaña en el que participaron un candidato presidencial, uno al Senado y uno a la Cámara de Diputados, el gasto se repartirá así: 20%, 50% y 30%, respectivamente.
Mesas directivas de casilla: El Congreso también aprobó una reforma para que cuando se realicen elecciones concurrentes —es decir, federales y locales en una misma fecha— sólo haya una mesa directiva de casilla, en lugar de dos. Ésta se integrará por un presidente, dos secretarios, tres escrutadores y tres suplentes. Según los legisladores, esta medida permitirá reducir los gastos en la organización de los comicios.
Candidatos comunes: Durante la negociación entre legisladores, otro de los puntos que causó más tensión fue el de las candidaturas comunes. Los principales partidos de oposición, Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), buscaron incluir esta figura en la legislación federal —para las contiendas presidenciales, a senadores y a diputados—, pero el PRI se opuso. Al final, el PAN y el PRD aceptaron que no se incluyera en la ley la posibilidad de que se postulen candidatos comunes para presidente, aunque lograron que, a nivel local, cada congreso decida si permite ese tipo de candidaturas en la entidad, lo que obviamente sucederá, si no, cómo mantiene su registro el AVE, por ejemplo.
Candidaturas independientes: La nueva legislación establece las reglas para los candidatos independientes a nivel federal, pendientes desde agosto de 2013. Al respecto, se determinó que no habrá un límite de candidatos independientes para las elecciones de presidente, senadores y diputados, y se fijaron los requisitos que deberán cubrir los aspirantes para obtener el registro.
Quienes busquen competir por la presidencia, tendrán 120 días para conseguir las firmas de al menos el 1% del electorado nacional (alrededor de 780,000 personas). Quienes quieran una senaduría, tendrán 90 días para conseguir las firmas de al menos el 2% del electorado de la entidad que corresponda. Y quienes intenten contender por una diputación, tendrán 60 días para conseguir las firmas de al menos el 2% del electorado del distrito.
Los aspirantes tendrán que financiar esa obtención de apoyo ciudadano con sus propios recursos, no podrán gastar más del 10% del tope de campaña de la contienda previa y tendrán que abrir una cuenta bancaria en la que el INE pueda monitorear sus ingresos y gastos. Un candidato independiente sólo recibirá financiamiento público y tiempo en medios hasta que se apruebe su registro.
Representación política: Otro de los puntos que más trabaron las negociaciones fueron las reglas para calcular el número de diputados que tendrá cada partido en los congresos locales.
El PAN y el PRD rechazaron la propuesta del PRI, que planteaba que esto se calculara restando ocho puntos al porcentaje de votación que obtuviera un partido. Al final, se decidió que cada fuerza política que conserve el registro en la elección en cuestión tenga al menos una diputación y pueda aspirar a más en el reparto de curules por la vía plurinominal.
Elección de magistrados locales: La nueva legislación también implica que los magistrados electorales de los estados sean elegidos por el Senado. Estos funcionarios integran los tribunales estatales en la materia y se encargan de revisar las decisiones de los institutos de cada entidad. A propuesta de la oposición, se acordó que sean elegidos por dos terceras partes de los senadores, que deberán emitir una convocatoria para los interesados y evaluar los mejores perfiles.
Nuevas salas del TEPFJ: A nivel federal, las leyes recién aprobadas modifican la estructura del tribunal en la materia. Las normas señalan que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) tendrá una Sala Superior, siete salas regionales —dos más de las que tiene actualmente— y una nueva sala especializada en resolver las quejas urgentes de los partidos, conocidas como procedimientos especiales sancionadores. Los fallos de esta última sala podrán ser impugnados ante la Sala Superior, si una fuerza política queda inconforme con su sentido.
A grandes rasgos esas son las nuevas reglas.
Reflexión
Antes de plantear la venta del SAS se debe investigar a José Ruiz Carmona “Pepín”, autor del saqueo más cínico y devastador a esa institución.