La rectora de la Universidad Veracruzana, Sara Ladrón de Guevara, envió al Congreso local una iniciativa para actualizar la Ley Orgánica de la Máxima Casa de Estudios, que plantea nuevos requisitos y la no reelección del próximo rector.

 

La iniciativa de reforma a la que este jueves se le dio entrada, prevé dar mayores atribuciones al Consejo Universitario  entre ellas resolver la renuncia o la remoción del rector por alguna causa grave.

 

La propuesta que fue avalada por el voto mayoritario del Consejo Universitario prevé ampliar los cargos de cargos de Rector, Vicerrector y Titular de entidad académica a un periodo de  seis años, todos sin posibilidad de reelección.

 

En la quinta reforma que se hace a la ley orgánica que rige la vida universitaria y que  data desde 1968, también prevé que entre los requisitos para ser rector se prevea:  contar  con diez años de experiencia académica en la Universidad, grado académico de doctor, distinguirse en el área de su especialidad, contar con honorabilidad y reconocido prestigio.

 

También propone que  la junta de gobierno conserve la función de designar al rector, pero también a los  vicerrectores.

 

La Comisión de Honor y Justicia se transformará en un órgano independiente denominado Tribunal Universitario o como órgano colegiado dependiente del Consejo Universitario General,

 

encargado de garantizar la legalidad de los actos y las resoluciones de las autoridades universitarias.

 

Además  se establece que los bienes de dominio público de la UV son inembargables e imprescriptibles.

 

Para el cumplimiento de sus atribuciones, el Consejo Universitario General funcionará en pleno o en comisiones, conservándose, las Académicas y la de Presupuestos. La Comisión de Reglamentos modifica su denominación por Comisión de Legislación Universitaria.

 

Se crean además las relativas a Vigilancia Financiera y Control Patrimonial, Glosa, y Selección, transformando la Comisión de Honor y Justicia en Tribunal Universitario.

 

La Comisión de Vigilancia Financiera y Control Patrimonial tendrá las atribuciones de emitir la convocatoria pública para el registro de aspirantes al cargo de Contralor General, integrar la terna y presentarla ante el Consejo Universitario General para la designación del mismo; dicha Comisión supervisará y evaluará las actividades de la Contraloría General, ejerciendo vigilancia financiera y control del patrimonio de la Universidad.

 

La iniciativa reconoce a la Universidad Veracruzana mayor capacidad para decidir sobre su organización académica y administrativa y su desarrollo institucional.

 

Con ello se abre la posibilidad de incrementar la cobertura y la diversificación de la oferta académica en sus diferentes niveles y modalidades, así como de incorporar procesos de aprendizaje de acuerdo con paradigmas educativos innovadores, con flexibilidad curricular y fomento a la movilidad y el intercambio, nacional e internacional, de alumnos y personal académico.

 

La estructura orgánica de la Universidad se expresa considerando un modelo de organización basado en: la administración general, que establece los planes y programas de desarrollo institucional; la administración regional, que enfoca la desconcentración territorial y la descentralización de procesos tendientes al fortalecimiento del desarrollo regional a través de Vicerrectorías, sin menoscabo de la unidad y la identidad institucional; y la administración por entidades académicas a cargo de los titulares de facultades, escuelas, institutos, centros u otros, mismos que cumplen tareas esenciales para el desarrollo de las funciones sustantivas de la institución.

 

Plantea fortalecer al Consejo Universitario General, integrado con la representación de académicos, alumnos y autoridades, en su carácter de máxima autoridad de la casa de estudios y en ejercicio de su capacidad deliberativa en la toma de decisiones, cuenta con nuevas atribuciones.

 

“La aprobación de propuestas de iniciativa de reformas o adiciones a la presente Ley Orgánica; la creación o la reorganización de entidades académicas; la vigilancia financiera y el control patrimonial; la facultad de asumir las medidas pertinentes en materia de administración y desincorporación de los bienes inmuebles que forman parte del patrimonio de la Universidad y no sean necesarios para los fines de la misma; la inserción orgánica de la Contraloría General, y la facultad de resolver sobre la renuncia del Rector o su remoción por causa grave”, se plantea en la exposición de motivos.

 

A las atribuciones del Rector se le adiciona la facultad de designar a los titulares de las Secretarías Académica, de Administración y Finanzas y de Desarrollo Institucional, así como al Abogado General. En el caso de la Secretaría Académica se establecen, como parte de su estructura orgánica, las Direcciones Generales Académicas, cuya denominación, naturaleza y atribuciones se reglamentarán en la normatividad correspondiente.

 

Asimismo, se ampliaron los periodos del ejercicio de funciones de los integrantes de la Junta de Gobierno, las Comisiones Permanentes de Consejo Universitario General y la representación de los Consejeros Académicos y Alumnos, lo que, con la experiencia adquirida, contribuirá al fortalecimiento de la gestión universitaria.

 

La Junta de Gobierno conserva la relevante función de designar al Rector, adicionándole la atribución de hacer lo propio en el caso de los Vicerrectores. Se incrementa el número de sus integrantes a once, siete que sean o hayan sido integrantes de la comunidad de la Universidad Veracruzana y cuatro que sean externos a la misma.

AVC/Isabel Ortega