El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, ordenó al Partido Encuentro Social, que integra la coalición Juntos Haremos Historia, a cambiar a los candidatos registrados en los distritos de Camerino Z. Mendoza, Emiliano Zapata y Córdoba.

Por lo anterior, tendrán que registrar a María Candelas Francisco Doce, Perla Patraca Montiel, José Bernardo Martínez, como candidatos a diputados locales por los distritos 21, 13 y 19 de la coalición de izquierda.

Al resolver los Juicios Ciudadano 172, 183 y 184, determinaron que la coalición tendrá que sustituir a Dulce Romero Aquino, a María Esther López Callejas, y Rubén Ríos Uribe, que se habían registrado originalmente.

El argumento de la ponencia de Javier Hernández Hernández, fue en el sentido que se tenía que respetar el convenio de coalición, en el que acordó que en esos distritos electorales serían postulados candidatos de Encuentro Social.

Y es que los tres candidatos participaron en el proceso interno del PES, y a pesar de ser los únicos postulantes no fueron registrados ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE).

La comisión Coordinadora Nacional de la Coalición emitió un acuerdo en el que determinó registrar a Dulce Romero Aquino, a María Esther López Callejas, y Rubén Ríos Uribe, “sustituyendo la voluntad de las partes”.

Se observó que los abanderados no fueron notificados de que su registro no era procedente, fue hasta que se publicó la lista de candidatos que se enteraron que no participarían en el proceso electoral del 1 de julio, por lo que impugnaron el acuerdo del OPLE.

Su queja se basó en las condiciones que impusieron los partidos al integrar la coalición de Juntos Haremos Historia, en el que se determinó que en los tres distritos electorales se postularía a militantes de Encuentro Social y no se cumplió con la regla.

“Hay una cláusula muy clara en el convenio de Coalición que fue motivo de un requerimiento del Órgano Local, para explicar qué distrito corresponde a cada partido (PES-Morena-PT)”, afirmó el magistrado Javier Hernández.

Detalló que el Convenio de Coalición local no es similar al nacional, donde se da esa potestad a la comisión Coordinadora Nacional, de determinar quiénes serían postulados, por lo que no pueden justificar los cambios a nivel local por la decisión de un grupo de personas.

“Los partidos sabían del alcance de las normas que se dieron con el Acuerdo de Coalición”, dijo y recordó que recientemente se dio un cambio en el Convenio para poder registrar a otro candidato en el distrito de Coatzacoalcos, por lo que es viable revocar el acuerdo del OPLE y registrar a candidatos del PES.

En el caso del distrito 25 San Andrés Tuxtla, Juan Montané Castañeda, se inconformó por no ser postulado por el partido Encuentro Social, el magistrado ponente José Oliveros Ruiz, consideró que no era procedente la queja.

Sin embargo, al ser rechazada la sentencia se turnó el expedienten 182 a la ponencia de Javier Hernández, para poderlo analizar nuevamente.

Isabel Ortega/Avc