La consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy, advirtió que la jueza Nancy Juárez Salas, al ordenar la eliminación de la Reforma Judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF), podría haber incurrido en el delito de “coalición de servidores públicos”, tipificado en el artículo 216 del Código Penal Federal.

Señaló que con su resolución del 16 de octubre de 2024, podría haber incurrido en este ilícito, que se configura cuando funcionarios públicos se coaligan para impedir la ejecución de una ley con el fin de obstaculizar o suspender la administración pública.

En un artículo titulado “Respuesta breve a una jueza de Distrito”, publicado este lunes el diario El Universal, Godoy criticó la resolución de la jueza y la acusó de llevar a cabo un “acto de grosera extralimitación” al tomar una decisión que invadió el ámbito y la independencia de uno de los tres Poderes de la Unión.

Asimismo, también acusó a los jueces de estar actuando de manera ilegal en detrimento de la ciudadanía, asegurando que “esto ya ha ocasionado grandes perjuicios a los justiciables”, quienes han visto cómo sus casos urgentes han sido desplazados debido a las “ilegales acciones” de los jueces.

¡Debe cesar de inmediato el ilegal abuso de los jueces!

Godoy escribió que la jueza titular del Juzgado Decimonoveno de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Coatzacoalcos, emitió una resolución “sin antecedentes” al ordenar la eliminación de la reforma constitucional, aprobada por la mayoría calificada del Congreso de la Unión, del DOF.

Asimismo opinó que la decisión de la jueza Juárez Salas realizó una clara “usurpación de atribuciones” que le corresponden a otros poderes, afirmando que “se puso por encima del poder revisor de la Constitución”. Además, aseguró que el Poder Judicial no tiene la facultad para revisar la validez de una reforma constitucional, y enfatizó que la Ley de Amparo es clara en su improcedencia en estos casos.

“El Artículo 61, fracción I de la Ley de Amparo, señala que el amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que la juez debió desechar la demanda de amparo tan pronto recibirla”, argumentó Godoy.

En este sentido, calificó la resolución de la jueza como “aberrante, ilegal e improcedente”, enfatizando que, debido a estas acciones, Juárez Salas podría ser sujeta de responsabilidad en términos del artículo 263 de la Ley de Amparo.

La consejera también criticó lo que consideró una falta de ética por parte de la juzgadora, indicando que su resolución fue emitida “en contra de la Presidenta de México”, Claudia Sheinbaum, y que actuó como si tuviera “un supremo poder por encima de cualquier otro del Estado mexicano”.

Godoy también se refirió al contexto dentro del Poder Judicial, señalando que la reforma constitucional que impacta directamente en la elección de jueces, magistrados y ministros, ha generado un conflicto de interés entre los miembros del Poder Judicial. Según ella, estos funcionarios “carecen de un criterio imparcial, objetivo, neutral para decidir sobre el particular”, ya que la reforma afecta directamente su futuro profesional y personal.

Aseguró que esta falta de neutralidad se refleja en las acciones tomadas por los jueces, como el paro de labores iniciado en protesta por la reforma y las “continuas suspensiones” que, según Godoy, les benefician indirectamente, permitiéndoles “garantizar la permanencia en sus puestos” al detener la entrada en vigor del decreto.

aristeguinoticias.com

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