A un año de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) vulneró el derecho humano al medio ambiente sano al no verificar de manera integral los impactos ambientales de las obras de ampliación del Puerto de Veracruz y ordenó una nueva evaluación y resolución sobre estos, los avances son mínimos, no se han hecho visitas de campo y ni siquiera se cuenta con la metodología de evaluación.

El 9 de febrero la SCJN emitió el amparo 54/2021 a favor de dos mujeres que reclamaron en 2016 omisiones en las obras de ampliación; la sentencia mandató a la Semarnat a dejar sin efecto las autorizaciones de impacto ambiental que se entregaron de manera fragmentada y emitir nuevas resoluciones, además de contar con un programa de mitigación de daños.

Sin embargo, a partir de entonces la dependencia ha pedido prórroga tras prórroga pero sus avances son menores, señaló la abogada senior del Centro Mexicano de Derechos Ambiental (CEMDA) en la oficina regional Golfo de México, Yoatzin Popoca Hernández.

Dijo que a un año no se tiene lista la metodología con la que la Semarnat deberá evaluar los impactos ambientales a partir de que empezó a construirse la obra, no ha creado el comité de expertos que analizarán la información e incluso los datos de los que se ha allegado de instituciones públicas no son actuales y no reflejan el daño causado por las obras. Tampoco han visitado el área afectada.

“No hay estudios de campo y eso es importante para poder entender cómo está el ecosistema; es bueno tener la información previa pero se debe comparar con la información actualizada para conocer el verdadero impacto. En agosto empezó a realizar su propia metodología para la evaluación de los impactos, pero no ha hecho la valoración de cómo está el ecosistema ni ha emitido un plan para su restauración a fin de evitar más daño, tampoco ha acudido a expertos como se le solicitó para emitir nuevas resoluciones con base en esas opiniones”:

Como consecuencia, advierte la abogada, la Semarnat no cuenta todavía con un plan de restauración y si el cumplimiento de la resolución de la Corte fuera una escalera que subir, la dependencia no habría tomado ni siquiera el primer peldaño.

“En la escalera de avance en el cumplimiento de la resolución la Semarnat no ha subido ni al primer peldaño, porque siguen construyendo cómo van a evaluar. Ha sido muy lento (…) Estamos en la etapa cero, viendo cómo se evaluará y por lo tanto no se ha empezado a evaluar (…) van en la cuarta ronda de revisión”.

Popoca Hernández indicó que CEMDA ha pedido al juez ser parte activa de las reuniones y trabajos de análisis pero no ha sido aceptado; en cambio, pidió a la Semarnat que cada 20 días entregue avances novedosos en el cumplimiento de la sentencia.

Hasta ahora la Semarnat únicamente dejó insubsistentes las cerca de 25 utorizaciones de impacto ambiental que habían aprobado y a inicios de febrero de este informó que ya pidió a ASIPONA, antes Apiver de Veracruz un programa de trabajo para la restauración ecológica de la zona y afirmó que está por concluirse.

Pese a ello, CEMDA dijo que es necesario revisar el programa pues no confían en que cumpla con los requisitos y el riesgo que se corre es que se vuelvan a cometer omisiones en la metodología. Aún así, advierte que aun cuando el programa estuviera bien elaborado, su implementación tomaría 10 años como mínimo.

“Suponiendo que ya está la metodología y medio listo el programa de restauración se debe revisar, que nos digan quién lo hizo y cómo se hizo y finalmente se ponga en marcha. Un programa de restauración ecológica integral de ecosistemas marino tardará años, debemos entender qué es lo que proponen y qué quiere decir restaurar en sus términos y ver si eso es viable y una vez que se ponga en marcha ver con qué dinero se va a cumplir, quise dará seguimiento, si la Semarnat tendrá personal para darle seguimiento”.

La abogada también alertó que si bien la resolución de la Corte fue muy precisa y clara, en términos prácticos darle seguimiento a un programa de restauración ecológica determinar el cumplimiento será a criterio del juez y este podría decir que si la Semarnat hace el plan de restauración, y emite nuevas resoluciones se tiene por cumplida cuando el objetivo real es que esas resoluciones puedan dar como resultado frenar las obras en el puerto e incluso eliminar lo hasta ágora hecho.

La Semarnat podría decir que no es viable continuar con la ampliación del puerto, hay mecanismos legales para lograr que se suspendan las obras, e instruir medidas para evitar más daños, pues “no solo es evaluarlo y emitir resoluciones, sino tomar medidas para revertir o paliar los daños y si eso implica destruir lo que ya se construyó se debe hacer”.

Qué dijo la Corte

La Corte ordenó a la Semarnat dejar insubsistentes las resoluciones sobre impacto ambiental y emitir otras en las cuales se tome en cuenta el contenido y las obligaciones impuestas por el derecho a gozar de un medio ambiente sano; que se se examine el proyecto relativo la ampliación del Puerto de Veracruz, considerando la totalidad de arrecifes y humedales que se encuentran en la zona de influencia de dicho proyecto.

Esto dado que se halló que en las evaluaciones del proyecto ni siquiera fueron integrados todos los arrecifes de la zona y no se realizó un análisis acumulativo de los daños que generarían estas obras, que actualmente están por concluirse en su primera fase. Además, pronunciarse en torno a los impactos ambientales y a la viabilidad de autorizar la continuación de las obras, tomando en cuenta el Área Natural Protegida con carácter de Parque Nacional “Sistema Arrecifal Veracruzano” y la regulación nacional y convencional aplicable.

Las autoridades quedaron obligadas a elaborar un programa de trabajo para la mitigación y/o restauración del área, coadyuvar institucionalmente para el desarrollo e implementación de dicho programa y solicitar al Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas emita una opinión sobre el programa de trabajo en cuestión. También solicitar al Comité Nacional de Humedales para que requiera al Comité Internacional de Humedales la designación de un grupo de peritos para evaluar el sitio y definir así el esquema para su protección a través de un programa de trabajo.

Determinaron que en la autorización de Impacto Ambiental del proyecto no se hace mención de todos los arrecifes cercanos al sitio del proyecto, y se omitió mencionar el arrecife sumergido conocido como “La Loma”, en el que se podría ver una modificación de las corrientes marinas por la construcción de la escollera.

Con base en la revisión de 15 documentos, se observaron que en la mayoría de los proyectos que comprenden la ampliación del puerto de Veracruz no se menciona algún impacto acumulativo ni significativo, otros omiten describir el tipo de impacto y solo mencionan que se realizaron medidas de mitigación a los impactos directos ambientales causados por la realización del proyecto

En total, 13 autorizaciones indican impactos directos mas no acumulativos. Y con ello dejaron fuera la opinión de un perito al advertir que “en una línea de tiempo futura podrían aparecer los impactos acumulativos; las principales afectaciones son a los elementos físicos y naturales sobre los sistemas arrecifales cercanos, como Punta Gorda, Gallega y Galleguita por obras que causarán alta sedimentación, turbiedad, estos impactos tendrán un efecto negativo sobre el turismo recreativo de buceo en los sistemas arrecifales cercanos lo cual son fuente de trabajo e ingreso a personas del puerto de Veracruz, sin contar con la creciente expansión poblacional que traerá la ampliación del puerto por la creación de empleos, lo cual se podría traducir a mayores descargas de drenaje doméstico al mar y la alta concentración de contaminantes biológicos y químicos que puedan entrar al PNSAV”.

AVC

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