Sino se presenta tendría repercusiones legales.
El Consejo de la Judicatura actuaría administrativa y legalmente contra la presidenta Sofía Martínez Huerta, en caso de que no se presente a la sesión extraordinaria que fue convocada para este martes 13 de octubre.
El pasado 07 de octubre el consejero Humberto Oliverio Hernández Reducindo convocó a una reunión de trabajo para analizar diversos temas que van desde el manejo de 15 millones de pesos del Fondo Auxiliar, hasta el cambio de adscripción de los magistrados nombrados en el mes de julio por el Congreso local.
La reunión sería uno de los últimos pasos para poder proceder contra la magistrada presidenta Martínez Huerta, que ha tomado decisiones a nombre del Consejo de la Judicatura y que se ha negado a llevar un trabajo colegiado.
La catedrática, quien fue nombrada en diciembre del 2019 a propuesta del gobernador Cuitláhuac García Jiménez, ha sido criticada por el trabajo que ha realizado, incluso, por evitar iniciar una acción de inconstitucionalidad por el nombramiento y adscripción de seis nuevos magistrados.
Previo al nombramiento se sabía de la existencia de dos amparos que obligaban a reinstalar a igual número de magistrados que habían sido removidos por cumplir con el requisito de la edad.
El martes 06 de octubre se reunieron los integrantes del Consejo de la Judicatura, pero la magistrada se negó a permanecer en la sesión de trabajo en la que se pidió grabar y transmitir por canales oficiales los acuerdos tomados
Ante la salida de Martínez Huerta, el consejero Oliveros Reducindo convocó a una reunión este martes a la que tendrá que asistir la magistrada presidenta del TSJE, en caso de no hacerlo se procederá administrativa y legalmente en su contra, por el incumplimiento de un deber legal.
El código penal establece, en su artículo 319 que se impondrán de uno a ocho años de prisión y multa hasta de doscientos días de salario al servidor público que deje de cumplir con los deberes inherentes a su empleo, cargo o comisión en perjuicio de los derechos de un tercero o en beneficio propio o ajeno.
A los servidores públicos que retarden u obstaculicen la prevención, investigación, sanción y reparación, de los delitos contra la familia y violencia de género, mediando discriminación o que incurran en acciones u omisiones que tengan como consecuencia la perpetuación de las condiciones que faciliten la comisión de estos delitos, se les impondrán de cinco a quince años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones hasta por el mismo tiempo.
AVC