Presenta la legisladora una iniciativa de reforma al artículo 241 Bis del Código Penal del Estado
La diputada Guadalupe Osorno Maldonado presentó ante el Pleno del Congreso una iniciativa de reforma al artículo 241 Bis del Código Penal del Estado de Veracruz, para coadyuvar a erradicar las prácticas familias que utilizan a hijos o hijas menores como objeto de disputa, haciendo que su bienestar quede desatentido y sus derechos vulnerados, tanto por las autoridades como por los sustractores.
En la sesión del Congreso, la legisladora propuso, a las penas de dos a nueve años de prisión y multa de hasta cien días de salario, aumentarlas en una mitad cuando la persona sea cónyuge, concubina o concubinaria, o con quien existió una relación de pareja, sea padre o madre del menor o incapaz, que sustraiga, retenga u oculte a un hijo menor de edad o incapaz, con la finalidad de obligar al otro a dar, hacer o dejar de hacer algo.
En su exposición de motivos detalló que de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en 2016 se registraron en Veracruz cuatro mil 461 divorcios. A nivel nacional, hubo 139 mil 807, de los cuales el 90.2 por ciento fueron de tipo judicial.
A partir de estas cifras –indicó- es alarmante pensar la cantidad de niñas y niños cuya estabilidad familiar, de vivienda, alimentación y educativa se encuentra suspendida el trámite de un divorcio, considerando que el de tipo judicial significa que hay en disputa bienes, pensiones alimenticias y en muchos casos, la custodia del menor.
Expuso que la sustracción de menores, sobre todo por familiares, atenta contra diversos bienes jurídicos como son la libertad del sujeto menor, su derecho a ser criado por ambos progenitores -sin verse perjudicado en caso de discrepancias o separación de la pareja- así como su derecho a la identidad.
La práctica judicial muestra, señaló Osorno Maldonado, que en infinidad de casos la sustracción o retención de menores también ha sido utilizada como una forma de extender la violencia hacia quien de origen tiene guarda o custodia del menor o incapaz ya sea de hecho o por derecho –siendo generalmente las mujeres las que la poseen-, ya sea para obligarla a dar, hacer, o dejar de hacer algo a favor de quien comete la conducta.
Su iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen correspondiente.