La “guerra” de encuestas sobre la intención del voto para elegir la gubernatura de Veracruz inició a finales de 2023 y desde diciembre a marzo pasado se han hecho hasta 19 publicaciones en diversos medios de comunicación.

La encuestan han medido desde noviembre pasado las tendencias y preferencia de voto para elegir entre los candidato a gobernador: Norma Rocío Nahle García quien encabeza la coalición “Sigamos haciendo historia” de Morena, Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT) y Fuerza por México.

José Yunes Zorrilla de la coalición “Fuerza y corazón por Veracruz”, que integran el PRI-PAN-PRD e Hipólito Deschamps Espino Barro, candidato de Movimiento Ciudadano.

Datos de la Secretaría Ejecutiva del Organismo Público Local Electoral (OPLE) revelan que son al menos nueve casas encuestadoras las que han publicado sondeos en torno a la preferencia de voto. Las empresas han reportado gastos de más de 491 mil pesos para la realización de estas encuestas.

En la documentación se observa que una misma empresa se registra dos veces con diferentes nombres y en algunos casos no presentan los informes o estudios que respalden el levantamiento adecuado de la información.

¿Quiénes son las casas encuestadoras?

Facto Métrica SA de CV fue creada en Monterrey en 2020 y su director general es Gerardo Jesús Leal Uribe. Ha publicado diversas encuestas en sus páginas de redes sociales

Luis Alberto García Lozano, también ha realizado encuestas a través de dos empresas: Multipoll SA de CV creada en ciudad de México en 2021 y Rubro Mifu SA de CV, creada en octubre del 2023 por Roberto Oaxaca Ahumada, ambas están bajo el sello: Rubrum Información que da poder.

Multipoll es una casa encuestadora que ha participado en el proceso electoral de Guatemala 2023 y según su currículum ha sido reconocida por diversos medios de comunicación por ser las más certeras en los resultados electorales en donde tiene presencia.

Poligrama de Héctor Antonio Zuno Bustamante, quien también aparece como Consultoría en Servicios de Investigación, Marketing Digital y Contratación Masiva ha realizado encuestas que se han publicado en el Heraldo de México y otros medios locales de Veracruz.

La empresa Massive Caller de Monterrey, representada por José Campos Rojas y Luis Fernando Reyes Rocha también ha realizado encuestas de Veracruz.

Massive Caller, es una consultora que recibido premios como “Reed Latino Awards” por el mejor uso de call center en campaña electoral y como la mejor aplicación de innovación digital implementada a una campana electoral

Otra casa encuestadora es MetricsMx S.A de C.V, se fundó en Puebla en diciembre de 2021, pero antes fue SRS (Social ResearchSolutions, 2018), la cual realizó las encuestas estatales de 2021 publicadas en El Heraldo de México. A partir de diciembre de 2021 se conformó MetricsMx y ha realizado diversas encuestas que se han publicado en SDP Noticias.

La encuesta sobre la intención del voto fue solicitada por el periódico digital Sendero Digital de Federico Arreola García, director de SDP.

Opimática Consultores de Claudio Rafael Castro López, también realizó una encuesta en febrero del 2024 que fue solicitada por José Ricardo Ruíz Carmona, candidato a diputado local por Morena en el distrito de Veracruz y la cual tuvo un costo de 30 mil pesos.

Otro estudio entregado de encuestas es el de C&E Campaigns & Elections México de Puebla representada por Alejandro Rodríguez Ayala.

Otras casas encuestadoras que han publicado tendencias son: Encuestas Publix, Arias Consultores, POLLS.MX y Demotáctica, pero han incumplido en entregar al organismo electoral de Veracruz la metodología y estudios que respaldan sus resultados.

¿Qué dice la norma?

El reglamento de elecciones señala en su capítulo VII Artículo 136 dice que las personas físicas o morales que publiquen, soliciten u ordenen la publicación de cualquier encuesta por muestreo o sondeo de opinión sobre preferencias electorales, deben entregar copia del estudio completo que respalde la información publicada, al Secretario Ejecutivo del Instituto.

La entrega de los estudios deberá realizarse a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la encuesta por muestreo o sondeo de opinión respectivo. El estudio completo a que se hace referencia, deberá contener toda la información y documentación:

Objetivos del estudio, marco muestral, diseño muestral, definición de la población objetivo, procedimiento de selección de unidades, procedimiento de estimación, tamaño y forma de obtención de la muestra. Además, calidad de la estimación: confianza y error máximo implícito en la muestra seleccionada para cada distribución de preferencias o tendencias. Frecuencia y tratamiento de la no-respuesta, señalando los porcentajes de indecisos, los que responden “no sé” y los que manifiestan que no piensan votar.

Tasa de rechazo general a la entrevista, reportando por un lado el número de negativas a responder o abandono del informante sobre el total de intentos o personas contactadas, y por otro lado, el número de contactos no exitosos sobre el total de intentos del estudio.

Método y fecha de recolección de la información, el cuestionario o instrumentos de captación utilizados para generar la información publicada. Forma de procesamiento, estimadores e intervalos de confianza, entre otros. como un informe sobre los recursos aplicados en la realización de la encuesta o sondeo de opinión, acompañado de la factura que respalda la contratación de la realización de dicha encuesta o sondeo de opinión.

Toda publicación deberá identificar y diferenciar, en la publicación misma, a los actores siguientes: Nombre completo, denominación social y logotipo de la persona física o moral que: Patrocinó o pagó la encuesta o sondeo; Llevó a cabo la encuesta o sondeo, y solicitó, ordenó o pagó su publicación o difusión.

Los resultados de encuestas por muestreo o sondeos de opinión que se publiquen por cualquier medio deberán especificar, en la publicación misma las fechas en que se llevó a cabo el levantamiento de la información; la población objetivo y el tamaño de la muestra; el fraseo exacto que se utilizó para obtener los resultados publicados, es decir, las preguntas de la encuesta.

Además, la frecuencia de no respuesta y la tasa de rechazo general a la entrevista; señalar si el reporte de resultados contiene estimaciones de resultados, modelo de probables votantes o cualquier otro parámetro que no consista en el mero cálculo de frecuencias relativas de las respuestas de la muestra estudiada para la encuesta.

Indicar clara y explícitamente el método de recolección de la información, esto es, si se realizó mediante entrevistas directas en vivienda o a través de otro mecanismo, o bien, si se utilizó un esquema mixto, y la calidad de la estimación: confianza y error máximo implícito en la muestra.

El artículo 148 señala que cuando un sujeto sea omiso en entregar la información requerida por el Instituto o los OPLE, la entregue de manera incompleta o su respuesta al requerimiento formulado resulte insatisfactoria la Secretaría Ejecutiva deberá dar vista del incumplimiento al área jurídica con la finalidad que se inicie el procedimiento sancionador.

AVC

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