El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y otras seis organizaciones advirtieron nuevamente que la construcción del gasoducto extensión sureste etapa II en el Golfo de México es una amenaza para el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México.

Ante ello, solicitaron a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) no autorizar el megaproyecto dado que fue fragmentado indebidamente para su evaluación de impacto ambiental, dado que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la jurisprudencia reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señalan que el impacto debe analizarse en su conjunto.

“Esta mala práctica de las autoridades y personas promoventes violenta el derecho al medio ambiente sano toda vez que esconde los verdaderos riesgos e impactos ambientales (…) Los artículos 28, 30, 34 y 35 de la LGEEPA, establece que es ‘la obra o actividad’ de que se trate y nos sus partes, sus tramos o sus segmentos lo que debe someterse a Evaluación de Impacto Ambiental”.

Hay que recordar que se trata de un solo megaproyecto de infraestructura en dos etapas, que se llevará a cabo en los municipios de Tuxpan, Tamiahua y Coatzacoalcos del estado de Veracruz, y en el municipio de Paraíso del estado de Tabasco. La finalidad de dicho megaproyecto es transportar gas natural y abastecer la creciente demanda vinculada con la Refinería Dos Bocas y el Corredor Industrial Transístmico.

En agosto del 2022 organizaciones de la sociedad civil habían solicitado públicamente a la ASEA desechar los proyectos Gasoducto Extensión Sureste “Etapa I” y Gasoducto Extensión Sureste Etapa II”, en el Golfo de México, sometidos de forma separada al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por parte de la Secretaría de Energía.

También exigieron solicitar a Transportadora de Gas Natural de la Huasteca, S. de R.L. de C.V. presentar una sola Manifestación de Impacto Ambiental de tal forma que se evalúen todas las partes del proyecto y su impacto acumulativo; y garantizar una consulta pública bajo los estándares del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

En febrero del 2022, la Primera Sala de la SCJN emitió una sentencia relacionada con el proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz en la cual se establece que los proyectos sometidos al PEI deben ser evaluados de forma integral, no fragmentada y utilizando la mejor ciencia disponible.

A pesar de ello, la ASEA aprobó el proyecto del Gasoducto “Etapa I” recurriendo a prácticas prohibidas recientemente por la SCJN, como son la fragmentación del proyecto y el no uso de la mejor ciencia posible.

“Tampoco se garantiza de forma adecuada el derecho de participación de las comunidades que se verán afectadas por el proyecto. Esta situación en su conjunto es violatoria de derechos humanos fundamentales como son el derecho a la información, a la participación en toma de decisiones y el derecho a gozar de un medio ambiente sano”, señalan.

E insistieron en que el proyecto representa una grave amenaza contra el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México debido al grave riesgo de daño socio ambiental que representa para los ecosistemas y la biodiversidad que se extienden a lo largo de la costa veracruzana, así como para los beneficios ambientales que prestan.

“La conservación y protección del CASOGM es indispensable para el bienestar de las personas y comunidades costeras y de pescadores. Los proyectos de vida de estas personas y comunidades dependen de este enorme ecosistema, por lo que resulta esencial protegerlo de megaobras de infraestructura y desarrollo que lo amenazan”, abundan.

El posicionamiento señala que frente a la crisis climática, cuyos efectos ya son visibles en las playas de Veracruz por el aumento del nivel del mar y eventos climáticos extremos, es urgente generar una transición energética justa en lugar de seguir invirtiendo en infraestructura para energía fósil.
“Hacemos nuevamente un llamado a que, al evaluar obras de esta magnitud, las autoridades correspondientes rechacen Manifestaciones de Impacto Ambiental que se presenten de forma fragmentada. De la misma manera, resulta imprescindible aplicar en dichas evaluaciones los principios de precaución y prevención como ha ordenado la SCJN”.

E impulsar la investigación pública para conocer dicho ecosistema con mayor profundidad. Las evaluaciones deben realizarse de manera holística, completa, haciendo uso de la mejor ciencia disponible y permitiendo el acceso a la información y la participación de las personas.
“Hacemos un llamado al Congreso de la Unión para que se incorporen los estándares establecidos en la sentencia de la Suprema Corte y el Acuerdo de Escazú en la LGEEPA, pues el modelo actual del PEIA está agotado”.

AVC/Perla Sandoval

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