El exsecretario de Gobierno, Rogelio N, obtuvo el amparo federal 14/2023 concedido por el Juez Primero de Distrito, Fermín Santiago Santiago, para que el juez de control elimine la prisión preventiva impuesta por los presuntos delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público.

De acuerdo al documento del Poder Judicial de la Federación define: “la medida cautelar de prisión preventiva justificada con base en apreciaciones subjetivas del Juez de Control, deje insubsistente la medida cautelar de prisión preventiva justificada decretada contra (***), en audiencia de quince de octubre de dos mil veintidós, dentro del proceso penal, por los delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público”.

El amparo federal solicita al juez de control del Poder Judicial de Veracruz que se celebre una audiencia en la que imponga una medida cautelar diversa a la prisión preventiva que por ahora tiene Rogelio N.

Refiere que el Poder Judicial Federal concede el plazo de doce horas a la autoridad responsable posteriores a la notificación de esta determinación en el Juzgado para que, previa citación inmediata de las partes, desahogue la audiencia correspondiente

El Juez Federal solicitó que de inmediato señale hora y fecha para que tenga verificativo la audiencia, cite a las partes y comunique directamente al juez local, así como a la Presidenta del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz, Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre.

También solicita que el juez local realice las acciones necesarias para que tenga verificativo la audiencia respectiva, la cual puede llevarse a cabo mediante videoconferencia, “lo que tiene por objeto que no se siga restringiendo innecesariamente la libertad del quejoso”.

El Poder Judicial de la Federación apercibe al Juez de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, con sede en Pacho Viejo, al juez administrador y a la Presidenta del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz, que de no cumplir en sus términos lo aquí resuelto o no realizar las acciones necesarias para el acatamiento de la sentencia, se les impondrá, a cada autoridad, una multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), en términos del artículo 258 de la Ley de Amparo.

Cabe mencionar que la UMA tiene un valor de 103.74 pesos, lo que significa que de incumplir lo ordenado por el juez federal, las autoridades locales en mención podrían ser acreedores a una multa de entre 10 mil 374 y hasta 103 mil 740 pesos.

El juez federal ordenó para Rogelio N una medida de aseguramiento, que comparezca ante este juzgado los días lunes de cada semana, hasta en tanto cause ejecutoria o quede firme esta sentencia.

AVC

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