El Congreso de Veracruz podría ser multado con poco más de 24 mil pesos o se podría iniciar un proceso judicial a los diputados locales por no atender la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ordenó suspender los cambios en el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz.

Desde el 27 de febrero se publicó en estados la resolución del recurso de queja 1/2023-CA de la Controversia Constitucional 266/2022, en las que se emplazó al Congreso de Veracruz a que en un plazo de 15 días atendiera la resolución de la corte, o en todo caso justificará su actuar ante los ministros.

El 30 de diciembre los ministros determinaron suspender el cese de los magistrados que habían sido nombrados en 2017, y que no sean sujetos a indemnización, tal como se aprobó por el pleno, tras la extinción del Tribunal de Justicia Administrativa (Tejav).

La medida que se tomó el 30 de diciembre del 2022, tenía como objetivo suspender la entrada en operación de los nuevos magistrados que fueron nombrados días antes por la mayoría de Morena.

En 2017 cuando se creó el tribunal, el Congreso nombró a Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez, Pedro José María García Montañez, Luisa Samaniego Ramírez y Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez.

El año pasado, Morena presentó una iniciativa para extinguir el Tejav y crear un nuevo órgano para impartir justicia administrativa, y se ordenó liquidar con tres meses a los exmagistrados, hecho que fue impugnado y los ministros validaron que no debían ser cesados.

El 21 de diciembre del año pasado nombraron a Leticia Aguilar Jiménez, Rosalba García Salazar, Diana Oróstegui, Jaziel Cabrera Pacheco, Roberto Sigala Aguilar, y Rubén Hernández Mendiola, sin embargo, los ministros pidieron suspender cualquier acto de los seis nuevos magistrados.

Apenas el viernes 03 de marzo, Leticia Aguilar Jiménez aseguró que ellos operaban en la legalidad, pues los ministros de la Corte no habían echado abajo sus nombramientos.

No obstante, el 27 de febrero la Corte dio al Congreso de Veracruz un plazo de 15 días para dejar sin efecto los actos violatorios de la suspensión, o bien, rendir un informe y ofrecer pruebas, de lo contrario se presumirá la inejecución de la sentencia.

Ante ese escenario, se dijo que se podría imponer una multa hasta por la cantidad de ciento veinte días de salario mínimo general vigente que es de 24 mil 840 pesos, y si fuere insuficiente el apremio, se procederá contra el rebelde por el delito de desobediencia, detalla el código de Procedimientos Civiles

AVC

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